La Corte Suprema determinó que el Servicio de Salud de Talcahuano deberá indemnizar al cónyuge e hijos de Patricia Pincheira Sepúlveda con 56 millones de pesos por un procedimiento en el que la errónea instalación de un catéter vascular le terminó costando la vida en 2013 en el Hospital Las Higueras.
El fallo detalla que el Estado de Chile incurrió en una falta de servicio toda vez que un facultativo sin experiencia practicó una primera punción de manera equivocada en la arteria yugular de la paciente de 57 años, lo que fue subsanado más tarde por otro doctor.
Sin embargo, no se pudo detener un shock séptico refractario derivado del procedimiento irregular, lo que llevó a la muerte de la mujer.
El fallo apunta a que "en este aspecto, tan pronto se instaló el catéter, la paciente manifestó dolor, transcurriendo varias horas hasta que se le realizaron los exámenes respectivos que develaron compromiso hemodinámico y colección de sangre en el hemotórax derecho. Además, durante el proceso de diálisis ambulatorio la paciente desarrolló una infección en el área del catéter".
El subdirector médico del Hospital Las Higueras, doctor Héctor González, dijo que "a nosotros no nos queda más que acatar la decisión del Tribunal y cumplir con lo que allí se denuncia. Ahora interiormente nosotros, acorde a la normativa del Servicio de Salud y el Hospital indudablemente se instruirá un sumario administrativo para ver los detalles de esta situación".
El fallo es inapelable y fue determinado por la Tercera Sala del máximo tribunal con los votos en contra de los ministros Haroldo Brito y María Eugenia Sandoval.