La Corte Suprema anuló el decreto firmado por el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue (PC), que ordenaba la demolición de la cuestionada torre del Conjunto Armónico Bellavista (CAB), un litigio entre la Desarrollo Inmobiliario Bellavista y la Municipalidad que se extendió por 12 años y que tuvo más de un polémico capítulo.
El fallo del máximo tribunal, dado a conocer el pasado viernes, estableció que "la orden de demolición contenida en el decreto exento N°365/19 aparece como desprovista de fundamento o motivación", lo que en la práctica anula las pretensiones edilicias contra este edificio de 19 pisos.
"Se acoge la reclamación deducida por Desarrollo Inmobiliario Bellavista S.A., sólo en cuanto se deja sin efecto el Decreto Exento N° 365/19, suscrito por el alcalde de Recoleta el 1 de febrero de 2019, que ordenó la demolición de las construcciones emplazadas en calle Dardignac N° 44″, detalló la resolución.
La Tercera Sala de la Corte Suprema, que por 4 votos contra 1 acogió el recurso de casación en la forma de la inmobiliaria, estableció que la orden de demolición del alcalde Jadue hizo una errónea interpretación de la Ley de Urbanismo y Construcción.
Con esto, reiteró lo resuelto con antelación por la misma Suprema en el sentido que el edificio en cuestión contaba con el permiso de edificación vigente y que la caducidad decretada sólo afectó a la tercera torre del proyecto, ubicada en Bellavista N°47, aún sin construir.
De todas maneras, el fallo determinó que "la recepción definitiva parcial de las obras del edificio emplazado en calle Dardignac N° 44 no puede ser concedida, al no haberse ejecutado todas las medidas de mitigación ordenadas en el EISTU (Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano) del proyecto, carencia que implica un riesgo para el interés público subyacente vinculado con el expedito tránsito vehicular por las vías circundantes".
En detalle, este punto aborda una rampa de acceso vehicular por Avenida Pío Nono que, actualmente, no se encuentra habilitada y que es parte de las medidas de mitigación solicitadas por la Seremi Metropolitana de Transportes.
"EL FALLO DEVUELVE LA ESPERANZA A 260 FAMILIAS"
El fallo fue abordado por el abogado de la Inmobiliaria Bellavista, Christian Espejo, quien valoró haber "llegado al final de este proceso" y la resolución final que tuvo el máximo tribunal.
"La Corte Suprema resolvió que teníamos la razón y que el decreto de demolición del alcalde Jadue era ilegal, poniendo fin a años de arbitrariedades municipales. Este fallo devuelve la esperanza a 260 familias que llevan 12 años esperando por habitar los departamentos que adquirieron y que no han podido habitar por no haber sido recepcionados por la Municipalidad de Recoleta", puntualizó el jurista.
Finalmente, destacó que "este fallo demuestra que nunca debió haberse dictado un decreto de demolición y que no podrá dictarse tampoco uno en el futuro, con lo que se cierra la discusión".
SOBRESEIMIENTO DE JADUE
En septiembre pasado la Corte de Apelaciones de Santiago decretó el sobreseimiento definitivo del alcalde Jadue, por el denominado "caso inmobiliario".
Esto en el marco de la disputa con la empresas Desarrollo Inmobiliario Bellavista, que se querelló contra el jefe comunal que cuestionó la construcción del "Conjunto Armónico Bellavista" y ordenó su demolición por incumplir normas legales.
El caso se remonta al 2017, cuando se presentaron dos querellas contra Jadue: la primera por parte del exconcejal Salvador Smok (UDI) por el delito de negociación incompatible y negociación incompatible mediante tráfico de influencia, y la segunda de la inmobiliaria por prevaricación administrativa.