El extenso conflicto entre la Municipalidad de Recoleta y la empresa Desarrollo Inmobiliario Bellavista S.A. sumó un nuevo capítulo en tribunales.
La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó un recurso de protección interpuesto por la inmobiliaria en lo relativo a la Torre 2 del Conjunto Armónico de Bellavista, ubicada en la Calle Dardignac N°44, respecto a la cual la Municipalidad ha rechazado la solicitud de recepción definitiva y emitido una orden de demolición.
La decisión fue adoptada de forma unánime por las ministras Ángela Vivanco, Adelita Ravanales y Eliana Quezada, el ministro Mario Carroza y el abogado integrante Álvaro Quintanilla. Su fallo, explicó el sitio web del Poder Judicial- "sigue la línea de argumentación permanente de la sala relativa, en el sentido de no entrar al fondo de las cuestiones cuando existen recursos jurisdiccionales pendientes".
El dictamen señala que "al estar pendientes de tramitación las reclamaciones que se indican en el recurso, no se pronunciará (el tribunal) sobre el fondo del asunto planteado por la via de la protección, por ser improcedente".
El aludido recurso pendiente es un reclamo de ilegalidad interpuesto por Desarrollo Inmobiliario Bellavista S.A. contra la Municipalidad y su Director de Obras Municipales.
"Teniendo presente lo reseñado, no existe medida que esta Corte pueda adoptar, considerando que se encuentran los actos recurridos reclamados de ilegalidad actualmente en tramitación, por lo que no puede sino, rechazarse la presente acción. Por estas consideraciones, se confirma la sentencia apelada de fecha diecisiete de septiembre de dos mil veinte, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago", indica el fallo de la Suprema (ver archivo adjunto).
CELEBRACIÓN EN EL MUNICIPIO
Pese a que el pronunciamiento del máximo tribunal parece tener un alcance específico y acotado, en la Municipalidad lo celebraron aseverando que "pone fin a una larga disputa judicial por la construcción ilegal del edificio residencial", y "confirma la orden de demolición".
"La Ilustrísima Corte Suprema (...) confirmó que la Municipalidad y su Alcalde han actuado apegados a la normativa legal vigente y que el Decreto de demolición del edificio -construido al margen del plan regulador comunal- es legal", dice una nota de prensa del municipio, en la que Daniel Jadue expresa: "Con este fallo se caen todas las mentiras de la inmobiliaria, pues aquí lo que ha ocurrido es que hemos logrado demostrar en la justicia quiénes cometieron una ilegalidad".
"Como municipalidad de Recoleta estamos optimistas con este fallo, que es un triunfo judicial de gran envergadura, ya que establece un precedente importante para las futuras construcciones inmobiliarias en todo Chile, donde lo primordial es el respeto a la ciudad", cierra el escrito.
Esta visión fue refutada por la inmobiliaria: "El alcalde Jadue falta a la verdad gravemente y quiere engañar a la opinión pública utilizando los recursos del Estado para ello", dijo el abogado que representa a la compañía, Christian Espejo.
"Lo que en verdad dijo la Corte Suprema es que se va a referir al caso cuando vea el reclamo de ilegalidad presentado por la inmobiliaria respecto de los actos administrativos ilegales emanados de la Municipalidad de Recoleta", añadió Espejo, en declaraciones reproducidas por El Mercurio.
Coincide con esta opinión el consultor inmobiliario Teodosio Cayo, gerente general de Arenas y Cayo: "No es que la Corte Suprema haya fallado a favor de la demolición, falló a favor de que no va a pronunciarse mientras exista una tramitación pendiente en la Corte de Apelaciones de Santiago, pero, por consecuencia, siguen adelante las acciones de la orden de demolición", explicó a Las Últimas Noticias.