En la recta final del proceso de extradición solicitado por Estados Unidos en contra del ex fabricante de armas chileno Carlos Cardoen, por ocho cargos relacionados al tráfico de armas y al delito de conspiración, la defensa del empresario afirmó que la petición en sí misma "una grave vulneración a sus garantías" e insistió en que las imputaciones están prescritas.
La abogada de Cardoen, Joaana Heskia, entregó sus descargos al informe de la fiscal judicial de la Corte Suprema, Lya Cabello, que desestimó los ocho cargos y que recomendó al ministro que sustancia el proceso, Carlos Aránguiz, rechazar la solicitud.
Mientras EE.UU. pedía una pena de 35 años de presidio y multas que superan los 600 mil dólares, la persecutora recomendó no extraditar al empresario -sobre quien pesa una alerta roja interpuesta por Interpol desde 1993, lo que le ha impedido salir del país-, porque en Chile no se castiga el delito de conspiración por exportar ilegalmente circonio para bombas de racimo y otros artículos de defensa.
En los próximos días, el ministro Aránguiz dará a conocer su sentencia, la que luego debe ser revisada por la Sala Penal de la Corte Suprema.
"Nos parece que el informe evacuado por la señora fiscal judicial se hace cargo de manera completa y exhaustiva de todo lo sucedido en el proceso, incluyendo las pruebas periciales acompañadas, concluyendo en definitiva que la extradición no debiese prosperar tanto porque no existe tratado internacional que lo permita, como por no darse los presupuestos de doble incriminación necesarios en base a los principios generales del derecho internacional, y, además, por encontrarse los hechos totalmente prescritos", dice la abogada de Cardoen en sus descargos a la persecutora, consigna el diario El Mercurio.
Según la presentación de la defensa, la solicitud de extradición de EE.UU. es en sí misma "una grave vulneración a las garantías fundamentales de quien se encuentra imputado, ya que afecta directamente el derecho a ser juzgado en un plazo razonable y el derecho a la defensa y al acceso a los medios probatorios".
"Circonio no es un explosivo"
La abogada de Cardoen asegura que el circonio, un mineral estratégico utilizado en la fabricación de bombas de racimo y que fue vendido en Irak, "indiscutiblemente" no es un explosivo como ha sostenido el requirente, "sino que un metal inerte que puede ser utilizado para la fabricación de elementos bélicos".
"En ese sentido, no le es aplicable la definición anterior, ya que si bien es cierto que el circonio reacciona químicamente con una gran generación de calor, no lo hace en el tiempo breve necesario para ser considerado explosivo, y tampoco detona como lo hace un explosivo", indica la presentación.
Asimismo, la defensa agrega que coincide con la fiscal Cabello en que las imputaciones están prescritas. Estados Unidos, en cambio, dice que no lo están porque, en ese caso, habría operado la suspensión.
"Lo anterior es falso absolutamente —dice la abogada—. Lo que la fiscal judicial señala es que la acusación formal de EE.UU. si tiene la facultad de suspender la prescripción, pero que una vez suspendida esta, pasaron más de tres años en el que el procedimiento se encontró paralizado".
La defensa asegura que las imputaciones están prescritas hace 25 años.
Antecedentes del caso
La Cancillería chilena confirmó en marzo del año pasado que el Departamento de Justicia de Estados Unidos solicitó la detención con fines de extradición de Cardoen por presunta exportación ilegal de mineral estratégico.
El empresario, que ha desarrollado inversiones en los sectores metalúrgico, químico, agroindustrial y turístico, fue acusado por Washington de haber vendido 29 mil bombas de racimo a Irak por 200 millones de dólares.
En ese entonces, Industrias Cardoen se convirtió en uno de los principales proveedores de bombas de racimo del régimen de Saddam Hussein en Irak.
El giro ocurrió cuando Hussein invadió Kuwait (1990), y el entonces líder iraquí pasó a ser un indeseable para el gobierno estadounidense, que acusó a Cardoen de contrabando de circonio, material indispensable para la construcción de las bombas de racimo.
El chileno fue además uno de los principales abastecedores de armas del mercado interno durante el período en que Estados Unidos impuso la enmienda Kennedy, que impidió la venta de armas a Chile durante casi 20 años a raíz de las violaciones a los derechos humanos de la dictadura (1973-1990).
En 1986, y tras una explosión en la fábrica de bombas de racimo que el empresario tenía en la ciudad norteña de Iquique, donde murieron 29 trabajadores, cerró esta planta y la trasladó a Irak, donde la abandonó durante la Guerra del Golfo.