La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó un recurso de nulidad presentado por la defensa del exalcalde de Puerto Varas Álvaro Berger Schmidt y confirmó la sentencia que, en enero, lo condenó a cinco años de libertad vigilada intensiva como autor del delito de fraude al Fisco.
En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada ratificó la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt a propósito de un viaje a Bariloche, Argentina, que organizó el militante socialista en septiembre de 2015, cuando fungía como jefe comunal (2012-2016).
La Corte respaldó la calificación jurídica del Tribunal Oral en cuanto a que "Álvaro Berger Schmidt, en la calidad que ostentaba a la fecha, abusando de su cargo, de la apariencia de legalidad y legitimidad que sus actuaciones como alcalde generaban, realizó maniobras tendientes a obtener pagos improcedentes, al permitir los pagos a su comitiva sabiendo que el viaje carecía de un interés público".
El alcalde propició "un viaje al extranjero que tenía la apariencia de una misión oficial (...) con el supuesto objetivo de concurrir 'a la firma del Convenio de promoción turística, intercambio cultural y comercialización de productos regionales de la economía popular solidaria y otros'", y que se extendió entre el 4 y el 8 de septiembre de 2015.
"Para estos efectos, Álvaro Berger Schmidt dispuso entregarse a él, a los concejales y a seis funcionarios municipales, vía anticipo de viático y fondos a rendir, dinero o bienes públicos -destinados a satisfacer las necesidades del servicio del municipio- para utilizarlos en actividades y fines de interés personal, las cuales no se encontraban autorizadas ni comprendidas en la comisión de servicios".
Por otro lado, "dicha comisión nunca se concretó", consumándose una defraudación que generó un perjuicio para las arcas municipales y el erario fiscal de 5 millones 338 mil 80 pesos, explica la sentencia (ver archivo adjunto).
INHABILITADO PARA CARGOS PÚBLICOS POR CINCO AÑOS
El tribunal de alzada descartó la existencia de los vicios legales alegados por la defensa en el fallo de primera instancia, y confirmó, en definitiva, la pena de cinco años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso; la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y la inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos por el término de cinco años; más el pago de una multa a beneficio fiscal equivalente al 50 por ciento del perjuicio causado, es decir, unos 2,7 millones de pesos.
El Consejo de Defensa del Estado participó como querellante en esta causa, que no es el primer lío de Berger con la Justicia: en 2016 fue detenido, acusado de causar daños en la casa de una expareja.
El fiscal Daniel Alvarado destacó que "como Fiscalía estamos muy contentos, por cuanto fallos en casos como el que convocaba este juicio son muy relevantes como señal a la comunidad, en cuanto a que hechos de esta naturaleza van a ser perseguidos y sancionados por los tribunales de justicia, donde es muy importante que no queden sensaciones de impunidad".