Por séptima vez, la Justicia negó dejar en libertad al exalcalde de Vitacura Raúl Torrealba, quien seguirá cumpliendo la medida cautelar más gravosa de prisión preventiva.
La defensa del exjefe comunal, formalizado por delitos de fraude al fisco, lavado de activos, asociación ilícita y corrupción, ha acudido cuatro veces al Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago y en otras tres ocasiones a la Corte de Apelaciones capitalina para revisar su situación procesal, sin resultados positivos, según consignó La Tercera.
Torrealba se encuentra en prisión preventiva desde hace cinco meses en el Anexo Capitán Yáber.
En la última oportunidad, la jueza Francis Fell dictaminó que no ha cambiado ninguna de las circunstancias que se tuvieron a la vista la primera vez que se declaró que su libertad es un peligro para la seguridad de la sociedad, considerando además la gravedad de la pena asignada a los delitos formalizados, el número de delitos que se le imputan, entre otros.
"Por lo anterior, ponderando los aspectos indicados, resulta indispensable y proporcional la cautelar decretada, la que se mantiene", sostiene la resolución.
LOS ARGUMENTOS
La defensa argumenta que el exjefe comunal ha colaborado en la investigación, además destaca su avanzada edad y la cantidad de tiempo que se ha prolongado su estadía en el recinto penitenciario.
En esta línea, la resolución puntualiza: "La edad del imputado, la falta de antecedentes pretéritos, sus enfermedades preexistentes, su arraigo social, los que ya fueron ponderados y observados por las distintas sentenciadoras que han revisado esta cautelar, por ello no son factores nuevos a considerar. De modo que, en relación a estos puntos, no se aprecian circunstancias nuevas, distintas, que hagan variar sustancialmente los presupuestos que ya se han tenido en vista tanto al momento de decretar la medida cautelar que le afecta".
Y añade que: "No se ha controvertido que el imputado señor Torrealba era la máxima autoridad municipal, es el exalcalde, que se habría valido de la estructura municipal y de los funcionarios subalternos, y que se le han imputado más delitos que a los otros partícipes. Por otro lado, no ha existido por parte del imputado un ánimo colaborativo hasta la fecha, como sí habría acontecido con otros imputados, como ha sido reconocido por parte del órgano persecutor".
"En cuanto al pago efectuado respecto a los delitos tributarios que se le atribuyen, es necesario precisar, sin desmerecer, que es la imputación menos grave que se le realiza al imputado y que solo lo haría merecedor de una aminorante respecto de dicho ilícito", agregó.
Finalmente, la jueza concluye que "todos delitos consumados y en donde le habría cabido participación criminal en calidad de autor ejecutor (...) De modo que, atendida la gravedad de los delitos imputados, el número de los mismos, el carácter reiterado del delito de fraude al Fisco, así como el grado de desarrollo de los mismos y la participación de autor que se atribuye al imputado, este arriesga en abstracto pena de crimen de carácter efectivo".