El actor y comediante Daniel Alcaíno calificó como "un golpe demoledor" la decisión de la Corte Suprema de desestimar el recurso de revisión interpuesto por la defensa de su amigo y ex frentista Jorge Mateluna.
El máximo tribunal desestimó este jueves la medida presentada por la defensa de Mateluna en mayo pasado, que buscaba anular la condena a 16 años de cárcel por el robo del Banco Santander el 2013, en Pudahuel, en el que asegura no haber participado.
Mateluna fue condenado en el 2014 por este hecho, pero la defensa sostiene que existió falsificación de grabaciones y de evidencia fotográfica.
De hecho, el pasado 5 de julio se formalizó por falsificación de documento público al capitán de Carabineros Juan Muñoz por un reconocimiento incorrecto de presos por parte de una de las víctimas.
Una vez conocido el rechazo de la Corte, Daniel Alcaíno dijo a Cooperativa que "fue un golpe devastador para la familia, para su hijo, para su mujer. Estábamos confiados en que íbamos a tener un fallo favorable y haber tenido este resultado es un golpe demoledor".
"Mantenemos nuestra convicción en la inocencia de Jorge y vamos a seguir luchando por eso", remarcó el actor.
Alcaíno, además, hizo un llamado a la opinión pública "a informarse con respecto a este caso: aquí ha operado la historia de Jorge Mateluna, el prejuicio, cuando todos sabemos que Carabineros miente. En mi caso personal me involucraron en la Operación Huracán", recordó.
Lo anterior, porque tras la caída de la Operación Huracán se filtró que Alcaíno fue vinculado supuestamente a actividades mapuche, luego de que el creador de la cuestionada aplicación "Antorcha", Álex Smith, relatara que hubo políticos y humoristas financiando actividades de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM). Finalmente, la Justicia no logró acreditar que hubo tal comunicación con el actor y cerró la arista.
Jorge Mateluna y su esposa se querellaron por falso testimonio contra los carabineros que participaron en la investigación y en ese proceso este año fue elaborado un informe pericial que demostraría que no participó en el asalto.
La Corte desestimó el documento en la revisión, pues según la ley, para ello se deben considerar elementos desconocidos y este peritaje no era desconocido, sino que no existía y en cambio hubo otros que sí fueron ponderados en su momento.
Además, según los jueces, el peritaje no fue suficiente para demostrar su inocencia, por lo que operó el principio de cosa juzgada.