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Ginecólogo fue condenado a seis años de cárcel por abusar de sus pacientes

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Autor: Cooperativa.cl

La justicia acreditó cuatro casos en los que el médico se aprovechó de la "incapacidad de ellas para oponerse".

Ginecólogo fue condenado a seis años de cárcel por abusar de sus pacientes
 Hush Naidoo Jade Photography | Unsplash

Los casos ocurrieron entre 2018 y 2022 en sus consultas de Estación Central y Providencia.

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El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó este jueves al médico ginecólogo Johnny Jarsun a la pena efectiva de seis años de presidio por cuatro delitos de abuso sexual de mayores de 14 años.

Según detalló la justicia, el profesional abusó de sus pacientes entre 2018 y 2022 en las comunas de Providencia y Estación Central. 

Jarsun además fue condenado a la inhabilitación perpetua para ejercer cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de las costas del juicio.

Además, una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas al sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

Según detalló el fallo, la primera víctima acudió en 2018 a la consulta del médico en Estación Central por un dolor al orinar. Sin embargo, continúa el documento, el "profesional procedió a realizar actos de significación sexual y de relevancia sobre el cuerpo de la víctima, consistente en tocamientos indebidos y alejados de la praxis de la especialidad médica".

La segunda víctima denunció que en 2020 asistió a la misma consulta donde "fue sometida por el facultativo a actos de significación sexual y de relevancia sobre su cuerpo".

El tercer (2020) y cuarto hecho (2022) ocurrieron en la consulta particular del ginecólogo, ubicada en Providencia. El fallo detalla que "en ambas ocasiones reiteró los actos de significación sexual y relevancia en relación los cuerpos de las pacientes y víctimas".

Con ello, el tribunal determinó que, por unanimidad, se "configuran cuatro delitos de abuso sexual de mayor de edad, delito previsto y sancionado en el artículo 366 en relación al artículo 361 N° 2 ambos del Código Penal, toda vez que el agente realizó respecto de las afectadas, actos de significación sexual y relevancia distintos del acceso carnal, aprovechándose de la incapacidad de ellas para oponerse".

El fallo añadió que el caso se verificó con "la acreditación de tocaciones en el cuerpo de las afectadas, especialmente, se trata de tocaciones con las manos del acusado en la zona genital de las denunciantes, en el clítoris, los pechos y la zona de sus glúteos, incluso en el caso de (..) obligándola a tocar su pene, además de diversas veces rozar su pene en contra del cuerpo de las víctimas, abrazándolas fuertemente; todas conductas que exceden el contacto corporal que puede existir entre un médico ginecólogo y su paciente".

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