El presidente de la Corte Suprema, Enrique Tapia, señaló que con o sin debate sobre la derogación o anulación del decreto-ley de Amnistía de 1978, las causas sobre violaciones a los derechos humanos seguirán su curso normal en tribunales.
El magistrado indicó que el Tribunal Constitucional "puede" revisar una eventual presentación en ese aspecto, pero ahora se seguirá aplicando la legislación vigente.
"No es que no pueda pronunciarme antes, es imposible pronunciarse si no existe la ley", señaló.
Tapia se limitó a señalar que "vamos a ver las consecuencias una vez que se promulgue" una resolución al respecto.
Ante la insistencia de la prensa, el juez sostuvo que "las causas tienen que seguir evidentemente su curso, (pero) nosotros no intervenimos en la discusión de las leyes".
La Sala Penal de la Corte Suprema ha señalado ya en dos ocasiones que el secuestro permanente es un delito de lesa humanidad y es imprescriptible e inamnistiable.
La decisión determinó que la cúpula de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) cumpla condena por las desapariciones del sastre Miguel Angel Sandoval y de la periodista Diana Aron Svigilisky.
La Concertación reafirmó su compromiso de dejar sin efecto el decreto-ley de Amnistía de 1978, cuyo proyecto de nulidad se encuentra estancado en el Congreso.
Sin embargo, el profesor de Derecho Penal de la Universidad de Chile Miguel Soto Piñeiro indicó en este miércoles en El Diario de Cooperativa que la vía elegida por parlamentarios es la "más compleja", en comparación con el camino de la derogación.
Desde abril pasado existe un proyecto que declara el decreto promulgado en 1978 como nulo por su inconstitucionalidad, pero éste no ha registrado mayores avances.
El texto fue presentado los senadores Mariano Ruiz-Esquide, de la Democracia Cristiana (DC); Alejandro Navarro, del Partido Socialista (PS); y Guido Guirardi, del Partido por la Democracia (PPD). (Cooperativa.cl)