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Madre deberá pagar pensión de alimentos a hija de 28 años pese a que trabaja

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Autor: Redacción Cooperativa

La resolución estableció que existe una "extrema asimetría económica entre las partes".

Madre deberá pagar pensión de alimentos a hija de 28 años pese a que trabaja
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El Tercer Juzgado de Familia de Santiago resolvió que una madre deberá continuar pagando la pensión de alimentos a su hija de 28 años, pese a que ella cuenta con un título profesional y trabaja.

La madre presentó una demanda ante el tribunal para solicitar el término de la pensión o, en su defecto, reducir el monto a $150.000, argumentando que su hija había terminado sus estudios, ejercía como profesora de Educación Diferencial y ya contaba con ingresos propios.

Según informó El Desconcierto, también señaló que su situación económica había cambiado y que enfrentaba problemas de salud.

La pensión había sido fijada en $650.000 mensuales tras un acuerdo judicial alcanzado en 2020, pero los reajustes elevaron el monto a $1.079.735.

Durante el juicio se estableció que la mujer tiene una discapacidad visual severa y permanente del 80%, reconocida como vitalicia desde 2022. Además, presenta ceguera funcional, acromatopsia congénita, fotofobia extrema, disautonomía severa y trastorno del espectro autista nivel I.

Aunque trabaja y recibe un sueldo promedio imponible cercano a $1.350.000, el tribunal consideró que necesita distintos apoyos asociados a su discapacidad, entre ellos un perro guía, lector de pantalla, tecnologías accesibles, movilización especializada y tratamientos terapéuticos.

Sus gastos familiares fueron establecidos en $2.416.195 mensuales, mientras que la situación económica de la madre también fue revisada durante el proceso. El tribunal determinó que cuenta con ingresos disponibles cercanos a $8,5 millones mensuales, provenientes de su actividad profesional y rentas, además de administrar dos sociedades y tener un patrimonio inmobiliario significativo.

La jueza Susan Fabiola Sepúlveda Chacama sostuvo que contar con una profesión y un empleo no implica necesariamente alcanzar una independencia económica completa, por lo que la capacidad laboral de la mujer no era suficiente para terminar con la pensión.

La resolución también estableció que existe una "extrema asimetría económica entre las partes" y consideró que la propia madre reconoció que mantener el pago no le impedía cubrir sus necesidades.

Con estos antecedentes, el Tercer Juzgado de Familia de Santiago rechazó tanto la solicitud para terminar la pensión como la petición de reducirla a $150.000, además de asumir los gastos del juicio.

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