Tópicos: País | Judicial

Municipalidad de Peñalolén deberá indemnizar a familia de joven que murió por meningitis

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

Aldo Gómez Contreras falleció en 2007, a los 14 años, tras ser mal diagnosticado en un consultorio de la comuna.

Los padres y hermanos de la víctima recibirán 30 millones de pesos.

Municipalidad de Peñalolén deberá indemnizar a familia de joven que murió por meningitis
 UNO

"La atención del servicio fue deficiente, pues la gravedad de los síntomas de Aldo Gómez aconsejaban la realización de exámenes más específicos en un centro de salud diferente y no el retorno a su casa", señaló la sentencia.

contenido de servicio
Llévatelo:

La 12ª Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó una sentencia que condenó a la Corporación Municipal para el Desarrollo Social de Peñalolén a pagar una indemnización de 30 millones de pesos a los padres y hermanos de un adolescente que murió, en mayo de 2007, producto de una meningitis meningocócica mal tratada.

Los ministros Jessica González, Jaime Balmaceda y Maritza Villadangos confirmaron la resolución dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago que estableció la responsabilidad por falta de servicio de la corporación que administra el consultorio La Faena, y que derivó en la muerte de Aldo Gómez Contreras, a los 14 años, el 8 de mayo de 2007.

El menor ingresó al consultorio La Faena presentando una temperatura de 40,5 grados, cefalea, dolor de costado izquierdo toráxico, vómitos y manchas rojas en la piel que no fueron consignadas.

Tras recibir tratamiento fue dado de alta y enviado a su domicilio sin que se le diagnosticara la meningitis. Horas después tuvo que regresar, ocasión en la que tampoco se determinó correctamente el mal que lo afectaba. 

El fallo

La sentencia sostiene que las corporaciones de las municipalidades son responsables de la falta de servicio de los consultorios como parte de la red de salud del Estado, los que "corresponden al primer eslabón de la estructura con capacidad para solucionar gran parte de las emergencias, los que deben actuar coordinadamente con la atención de especialidad y los establecimientos y hospitales que corresponden al segundo nivel de atención".

Como parte integrante del sistema de atención de salud pública, a los consultorios se les puede exigir "no sólo brindar atención y entregar un diagnóstico conforme a los medios tecnológicos a su alcance, sino además, consciente de las limitaciones del servicio que otorgan, se espera que los facultativos que allí se desempeñan ejecuten sus labores con prudencia y cuidado, lo cual importa prever los riesgos de la patología del paciente y, en consecuencia, derivarlo oportunamente a un centro de mayor complejidad", señala el fallo.

La decisión del traslado "no debe quedar entregada al criterio o desesperación de la familia, pues corresponde al Estado garantizar el Derecho a la salud y, por tanto, el acceso a una atención adecuada y oportuna para enfrentar situaciones de enfermedad, generando los mecanismos para el efectivo ejercicio del derecho", agrega la resolución.

En el caso de Aldo Gómez Contreras, la prueba aportada por los demandantes, sumada a "los antecedentes del sumario administrativo y ficha médica del menor", permiten concluir que "la atención del servicio fue deficiente, pues la gravedad de los síntomas de Aldo Gómez aconsejaban la realización de exámenes más específicos en un centro de salud diferente y no el retorno a su casa, por cuanto era evidente que su salud con el paso de las horas emporaba".

En primera instancia (ver archivo adjunto) la jueza Soledad Araneda había establecido la responsabilidad de los médicos del consultorio al retardar el tratamiento al menor de edad que en dos ocasiones concurrió hasta el consultorio La Faena sin que se detectara la enfermedad que padecía.

"La 'púrpura fulminante' o meningococcemia, es una enfermedad generada por varios tipos de meningococo (Neisseria meningitidis), habitante frecuente de la nariz y la garganta de los individuos sanos. La meningococcemia ocurre cuando el meningococo invade el torrente sanguíneo, siendo sus síntomas ansiedad, fiebre, dolor de cabeza, irritabilidad, dolor muscular, náuseas, erupción cutánea con manchas rojas o púrpuras (petequias), cuyos síntomas tardíos pueden abarcar nivel de conciencia cambiante, grandes áreas de sangrado bajo la piel (púrpura) y shock (Medline Plus Medical).Que, efectivamente, algunos de estos síntomas son comunes a otras enfermedades, como un simple resfrío, que fue el primer diagnóstico" médico.

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter