Tópicos: País | Judicial

Suprema condenó a San Bernardo por error en diagnóstico de cáncer

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

Municipio deberá pagar una indemnización de 10 millones de pesos.

Suprema condenó a San Bernardo por error en diagnóstico de cáncer
 wikimapia.org
Llévatelo:

En forma unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema condenó a la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo a pagar una indemnización de 10.526.463 pesos a una paciente de sus servicios, a quien no se informó oportunamente un diagnóstico de cáncer de mama.

Los ministros María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Arturo Prado y los abogados integrantes Alvaro Quintanilla y Pedro Pierry acogieron un recurso de casación, que apuntaba a establecer la responsabilidad del municipio, como persona jurídica.

"Una interpretación sistemática y actualizada de las normas (...) lleva necesariamente a concluir que, actualmente, la persona jurídica se constituye en nuestro derecho como un ente que, aún ficticio, es capaz de actuar conforme a una voluntad debidamente manifestada a través de sus órganos, y de la cual puede, por cierto, emanar responsabilidad", detallaron los juristas.

El caso de San Bernardo

En su fallo, la sala recuerda que en un centro asistencial de San Bernardo una matrona "fue quien estuvo encargada de entregar un diagnóstico, a pesar de no estar habilitada legalmente para ello, en razón de carecer de los conocimientos técnicos necesarios para la adecuada apreciación de los resultados de exámenes".

El tribunal recordó que según el sumario administrativo, en que la profesional fue sobreseída, "ésta se limitó a reproducir los términos en que se había extendido -por parte de un tecnólogo médico de un centro externo- el informe de la mamografía de la demandante, el cual la incluía en la clasificación 'BIRADS 1', esto es, sin hallazgos patológicos, en circunstancias que padecía de un cáncer de mama correspondiente a 'BIRADS 5'. Esta apreciación del profesional médico radiólogo tampoco fue corroborada con una ecotomografía, según venía sugerido".

"Este error en el diagnóstico es imputable a un actuar de la demandada, en tanto tiene como antecedente directo la ausencia de un médico disponible para analizar las imágenes de la mamografía. En su lugar, el establecimiento únicamente contaba con una matrona, cuya falta de competencias para dicho efecto no podía ser menos que conocida por la corporación (municipal), puesto que tiene fuente legal, revelando así la negligencia con que actuó el organismo administrador", afirma.

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter