La Corte Suprema rechazó los recursos de nulidad en contra de la sentencia que condenó al sargento segundo Patricio Alarcón Vásquez como autor del delito de apremios ilegítimos o innecesarios en 2014, al interior de un carro policial.
Así, se ratificó la pena de un año de suspensión de empleo y pago de una multa de 11 UTM (530 mil pesos) establecida por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago.
Los hechos ocurrieron el 28 marzo de 2014, cuando a la salida del Metro Quinta Normal, la víctima de casi 15 años fue detenida junto a algunos compañeros de colegio. El menor opuso resistencia a la aprehensión tras lo que llegaron más funcionarios, entre los que estaba el sargento segundo Alarcón, quien le realizó una llave en el cuello y lo golpeó con puños en la cabeza.
Según el fallo, "de la revisión tanto de los hechos que se dieron por establecidos por la sentencia, como de los basamentos que los jueces que la emitieron explicitaron para justificar la conclusión a la que arribaron, es posible colegir que efectivamente Alarcón Vásquez golpeó al menor en su cabeza y rostro y lo mantuvo tomado de su cuello, impidiéndole respirar, pese que a ese momento ya estaba reducido".
Esto, según la resolución "le provocó diversas lesiones en su cabeza, cuello y rostro" y constituye el delito de apremios ilegítimos o innecesarios.