Pensiones de alimentos: deudas suman más de 98 mil millones de pesos

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Autor: Cooperativa.cl

El monto equivale, por ejemplo, a 1.354 casas de 2.000 unidades de fomento.

Pensiones de alimentos: deudas suman más de 98 mil millones de pesos
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El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos anota 147.439 personas, siendo hombres 96,77% del total, reveló el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, a 11 meses de la implementación de la ley respectiva.

Además, hay "154 mil causas y 147.439 mil deudores, ya que hay personas que tienen más de una causa", detalló la ministra Antonia Orellana.

"Estas cifras primero demuestran un crecimiento importante en la cantidad de deudores que ingresaron al registro los últimos tres meses y segundo reflejan la necesidad que tenía el país de regular lo que ocurre cuando se incumple de manera reiterada con la obligación de entregar los recursos para el desarrollo óptimo de los niños, niñas y adolescentes", agregó la secretaria de Estado, citada por el diario La Tercera.

Aunque disminuyó el monto respecto de julio, los números son más impactantes al ver lo que se adeuda al 21 de septiembre: más de 98 mil millones de pesos.

Pero ¿a cuánto equivale esta cifra? Hoy en día, 98.000.000.000 son aproximadamente 2 millones 707 mil unidades de fomento, es decir se podrían comprar 1.350 viviendas nuevas de 2.000 UF.

Los 110 millones de dólares también alcanzan, por ejemplo, para cubrir todo el presupuesto 2023 de la Contraloría General de la República, o los ministerios de Medio Ambiente, Minería o el propio De la Mujer.

¿Qué pasa si no se paga la pensión de alimentos?

La ley creo un registro electrónico reservado, con todas aquellas personas que están obligadas al pago de una o varias pensiones de alimentos, y que son deudoras o se encuentran morosas, según determine un tribunal de familia.

Para ingresar al registro, la justicia evalúa los casos de quienes adeuden tres meses consecutivos o cinco meses discontinuos de pensiones de alimentos; siendo un trámite gratuito para los solicitantes.

Entre las medidas que se pueden adoptar sobre los deudores en el registro, se cuentan:

  • Retención de la devolución de impuestos
  • Retención de parte de los fondos de un crédito bancario que pida la persona deudora por 50 UF o más
  • Si el deudor o deudora vende una propiedad, se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados
  • En el caso de la compraventa de vehículos motorizados, el Registro Civil solo puede inscribir la transferencia de dominio si se acredita que, con las ganancias de la venta, se pagarán los alimentos adeudados
  • Se le puede negar la licencia de conducir
  • No podrán solicitar la emisión ni renovación del pasaporte. En casos calificados, el tribunal podrá autorizar su emisión, pero con una vigencia limitada
  • Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil
  • Inhabilidad para recibir algunos beneficios económicos o bonos del Estado
  • Retenciones de remuneraciones para el pago de la deuda
  • Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del deudor despedido del trabajo
  • Las deudas por pensión de alimentos serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución

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