Acogen amparo contra Carabineros por detención de dos menores durante las protestas

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Autor: Cooperativa.cl

La Corte de Apelaciones determinó que la detención de los jóvenes fue ilegal y desproporcionada.

Acogen amparo contra Carabineros por detención de dos menores durante las protestas
 EFE
Llévatelo:

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de amparo en contra de Carabineros por la detención de dos jóvenes de 16 años en la Cuarta Comisaría de Río Bueno luego de participar en las manifestaciones del domingo 20 de octubre.

En fallo dividido, el tribunal de alzada estableció el actuar ilegal y desproporcionado de la policía y remarcó que "los adolescentes deben ser tratados de acuerdo con su particular dignidad".

La resolución además remarcó que, de acuerdo a las reglas de la ONU para la Protección de Menores Privados de Libertad, ésta "debe efectuarse en condiciones y circunstancias que garanticen el respeto de los derechos humanos de los menores de edad, siendo una medida de último recurso que debe durar lo menos posible y estar limitada a casos excepcionales".

Así también recordó que, cuando un menor es detenido se debe notificar de inmediato a sus padres o tutor legal.

 

El fallo, que obtuvo el voto disidente del juez Mario Kompatzki, expuso que "se detuvo a dos adolescentes de 16 años de edad que participaban en una manifestación, sufriendo uno de ellos lesiones que puede atribuirse, vía presunción grave, al actuar de personal policial".

"Del mismo modo, se encuentra establecido –al menos respecto de uno de los adolescentes- que no se contactó a ningún adulto responsable, ni que se haya subsidiariamente contactado al defensor penal adolescente (...) Asimismo, se encuentra acreditado que luego de ser trasladados al centro asistencial para la correspondiente constatación de lesiones, ambos adolescentes permanecieron privados de libertad por el lapso de tres horas antes de ser puestos a disposición de sus familiares", determinó.

La resolución, con votos a favor de los ministros María Soledad Piñeiro y Marcia Undurraga, estableció que "no es posible concluir que la conducta desplegada por Carabineros de Chile haya sido proporcional a los hechos que enfrentaba".

"La privación de libertad de los amparados es ilegal y resulta desproporcionada a la luz de la normativa que protege la dignidad de los adolescentes, en consonancia con su especial condición de seres humanos que, por no haber alcanzado el pleno desarrollo físico y mental, requieren de un mayor estándar de protección de sus derechos", puntualizó.

La Corte de Apelaciones ordenó a Carabineros a ejecutar los procedimientos policiales "con estricta sujeción a la normativa constitucional, legal y reglamentaria vigente, absteniéndose de afectar el derecho fundamental de los amparados a la libertad personal y seguridad individual, con especial atención cuando los detenidos son menores de edad".

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