Tribunal sentenció a 50 días de presidio a tres ejecutivos de ENAP por mal manejo de residuos en Quintero

Publicado:
| Periodista Digital: Cooperativa.cl

Justicia rechazó la petición de los acusadores de condenarlos por la imputación por contaminación.

Edmundo Piraíno, Juan Rhodes y Carlos Lizana cumplirán la pena de manera remitida y quedaron sujetos a control de Gendarmería por un año.

Tribunal sentenció a 50 días de presidio a tres ejecutivos de ENAP por mal manejo de residuos en Quintero
 Cristofer Espinoza - Cooperativa

La Enap anunció que estudiarán presentar recursos en favor de los condenados.

Llévatelo:

El Tibunal Oral en Lo Penal de Concepción sentenció este martes a los ejecutivos de Enap Edmundo Piraíno, Juan Rhodes y Carlos Lizana, por el mal manejo de residuos que provocaron masivos episodios de contaminación en agosto de 2018 en la bahía de Quintero.

Se trata de una arista del caso de crudo iraní, que investigaba las responsabilidades penales, inicialmente, por el hecho de contaminación en esa zona, en Puchuncaví y Talcahuano.

La jueza Ximena Israel relató que los tres ejecutivos fueron sentenciados "a la pena de 50 días de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, solo como autores del delito contemplado en el Artículo 44, inciso primero, de la Ley 20.920, en relación con el decreto 148 del Ministerio de Salud en grado de consumado, cometido en la comuna de Quintero en agosto de 2018".

La Ley Rep sanciona a quienes importen, exporten o manejen estos residuos prohíbidos o que no cuenten con la autorización, y dispone la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, que aumenta si dicha actividad generó "algún tipo de impacto ambiental".

El tribunal rechazó "la petición de los acusadores de ser condenados conforme al inciso segundo de ese tipo penal", desestimando así la imputación por contaminación, al decretar solo que en la arista de manejo de residuos había incumplimientos.

Los tres sentenciados van a cumplir la pena de manera remitida y quedarán sujetos  a control de Gendarmería por un año. 

ENAP ESTUDIARÁ INTERPONER RECURSOS

La Enap destacó en un comunicado que el tribunal "desestimó la vinculación entre la empresa y las intoxicaciones de 2018, absolviendo así a los ejecutivos Álvaro Hillerns, Patricia Cabalá y Jorge Farías y los sentenciados por mal manejo involucrados en esa acusación, por su autoría en el delito de propagación de sustancias peligrosas para la salud animal o vegetal".

"Nos parece que la resolución de hoy día lo único que hace es ratificar de manera clara e indiscutible, y que no puede generar duda alguna en la ciudadanía, que en el episodio de contaminación que se imputó aquí en Talcahuano, menos aún el que se imputó en Quintero, fue responsabilidad de las personas imputadas", dijo el abogado de los funcionarios, Cristian Muga.

Respecto a la resolución por el manejo de residuos, la empresa anunció que será "estudiada a fondo por la defensa de Enap para establecer las acciones a seguir e interponer los recursos que se estimen necesarios".

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter