La Ley de Matrimonio Civil es "mucho más" que el divorcio, afirmó Bates

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Autor: Cooperativa.cl

El ministro de Justicia se mostró satisfecho por la promulgación del texto legal que actualiza una legislación vigente desde 1884 en Chile y que generó en un sistema de nulidades "muy dañino" para la sociedad.

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Luis Bates, ministro de Justicia, calificó la promulgación, que se realizará este viernes, de la nueva ley de Matrimonio Civil como un "hito extremadamente importante después de tantos años (...) han pasado 120 años en que no se había podido modificar la ley anterior, que es de 1884".

 

En conversación con El Diario de Cooperativa, el secretario de Estado destacó que la legislación tiene indicaciones "mucho más amplias" que sólo la disolución de los vínculos matrimoniales.

 

"Va a permitir a una gran cantidad de chilenos y chilenas solucionar los problemas de carácter matrimonial, que por una inadecuada legislación anterior, no podían hacerlo", sentenció Bates.

 

Para el abogado, "había tolerancia generalizada frente a la necesidad de resolver los problemas" de las parejas que terminaban sus relaciones, lo que terminó por institucionalizar informalmente un "elemento muy dañino" como la nulidad, pues todos -desde los afectados hasta el juez- asumían una mentira y le daban carácter legal.

 

Bates subrayó que la legislación que este viernes promulgará el Presidente de la República tiene consideraciones "muchos más amplias" que sólo el divorcio, que es "la parte final de una ruptura que no tiene otros mecanismos de solución".

 

Lo importante -agregó- es que "busca tratar de recomponer el vínculo matrimonial hasta donde es posible, mediante estos mecanismos de mediación. Si ello no es posible se entra a los planos de separación judicial y divorcio".

 

"La ley es mucho más que el divorcio, es una ley pro hijos, pro familia, pro cónyuge económicamente más desvalido, trata de fortalecer la institución del matrimonio y la familia", concluyó el ministro sobre la legislación que comenzará a operar formalmente luego de seis meses, a comienzos de noviembre próximo.

 

La nueva ley de Matrimonio Civil contempla varias causales para el fin de la convivencia, entre las cuales se mantiene el divorcio sin disolución de vínculo, que existe en la actualidad. Además, el divorcio con disolución de vínculo no sólo podrá ser solicitado por ambos cónyuges, sino por uno en forma unilateral. Los plazos mínimos desde el término de la convivencia para elevar esta petición son de un año, en el caso del común acuerdo, y de tres años si el recurso es presentado por sólo uno de los integrantes de la pareja.

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