Un nuevo revés judicial sufrió el Gobierno en su manejo de la crisis migratoria en el norte de Chile, principalmente la Región de Tarapacá, luego de que la Corte Suprema considerara "insuficientes" las medidas adoptadas y lo mandatara a implementar a la "brevedad" un plan en coordinación con la Municipalidad de Iquique, tendiente a proteger a las poblaciones afectadas y cautelar los derechos de los ciudadanos extranjeros que ingresan por los pasos fronterizos.
Por unanimidad de los ministros Sergio Muñoz, Angela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y la abogada integrante Leonor Etcheberry, la Tercera Sala del máximo tribunal revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Iquique, de marzo pasado, que había rechazado un recurso de protección del alcalde Mauricio Soria contra el Ejecutivo central. Por consiguiente, en la apelación de la autoridad comunal, la Suprema acogió el recurso.
La sentencia (ver fallo) razona que la impugnación de Soria "no coloca en entredicho la potestad de las instituciones gubernamentales de adoptar" medidas, a la vez que, "llegados a este punto, es necesario enfatizar que a pesar de la puesta en marcha de diversas medidas en la zona afectada, valga como ejemplo, el Plan de Frontera Segura o el establecimiento de Aduanas Sanitarias en las comunas de Huara y Colchane, en ningún caso permiten establecer la eficacia y eficiencia de los métodos adoptados para enfrentar de manera adecuada la situación humanitaria y migratoria que se ha generado a partir de la crisis sanitaria en pleno desarrollo".
"Tanto más si se considera que si bien sus efectos nocivos repercuten de manera transversal en la sociedad, indudablemente dichas secuelas incluyen con mayor dureza en los grupos más vulnerables de la misma, tales como los migrantes", complementa.
Expone asimismo que, "en consecuencia, la conducta de los órganos recurridos (Gobierno central) resulta ser arbitraria, toda vez que si bien es efectivo que una parte importante de las consecuencias humanitarias, sociales y migratorias evidenciadas en la zona norte del país, en especial, en las comunas de Iquique, Huara y Colchane, han sido abordadas a través de la ejecución de diversos programas de acción, lo cierto es que los hechos develados en la presente acción de cautela de derechos, demuestran la insuficiencia de las medidas puestas en práctica, toda vez que un grupo considerable de la población continua viéndose afectado principalmente por el ingreso irregular y asentamiento de grupos de personas en distintos bienes nacionales de uso público, cuestión que, por cierto les impide gozar de la ansiada integridad física y psíquica".
Racalca que, "de igual modo, es importante destacar que en semejantes coyunturas, ante situaciones tan determinantes para las personas, cabe exigir mayor diligencia a la autoridad, sobre quien pesa su actuar de oficio y respeto por los principios de no discriminación, objetividad y exhaustividad en su proceder, en especial si como en este asunto se hallan involucradas garantías primordialmente protegidas" por la Constitución.
Por todo ello, la Suprema ordena que las autoridades de Gobierno "deberán, en un breve plazo, previa coordinación con la Municipalidad de Iquique, implementar un plan de medidas que procure la protección eficiente e integral de las personas o grupos sociales que han visto amagados sus derechos, con miras a enfrentar de modo adecuado la crisis humanitaria y migratoria en actual desarrollo, procurando, asimismo, cautelar en todo momento los derechos de los migrantes que ingresan al territorio nacional por los pasos fronterizos de la zona afectada".