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Absuelto por caso Spiniak fue condenado por almacenar pornografía infantil

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Autor: Cooperativa.cl

Eduardo Krell Wainstein evitó la prisión tras acuerdo por su irreprochable conducta anterior.

El caso fue descubierto cuando llevó su notebook a reparación por problemas eléctricos.

Absuelto por caso Spiniak fue condenado por almacenar pornografía infantil
 Agencia UNO / Referencial
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Eduardo Krell Wainstein, quien en 2004 fue absuelto en el marco del bullado caso Spiniak, fue condenado este viernes por almacenar material pornográfico infantil.

El sujeto, de 55 años, fue condenado a 800 días de presidio menor en su grado medio y logró acceder al beneficio de firma periódica en Gendarmería por su irreprochable conducta anterior, puesto que en el caso Spiniak no tuvo una condena en su contra.

Este caso quedó al descubierto luego de que el doctor en informática de la Universidad de California llevara a reparar su notebook donde el personal alertó que contenía 2.114 fotografías y nueve videos en el que aparecen menores entre tres y 10 años siendo violentados sexualmente o en posiciones de clara connotación sexual.

La fiscal Carolina Suazo explicó que las personas que trabajaban en el taller de reparaciones "se dieron cuenta que el sujeto almacenaba material pornográfico infantil, se inició la investigación pudiendo vincularse claramente al imputado quien era usuario, propietario del computador".

Suazo confirmó que "en su extracto de filiación y antecedentes, él registra un sometimiento a proceso por ese caso (Spiniak), específicamente por los delitos de violación, de estupro y almacenamiento de material pornográfico infantil sin que haya sido condenado en esos antecedentes".

En mayo de 2004, Eduardo Krell fue procesado en el denominado caso spiniak. En aquella oportunidad fue absuelto, sin embargo, fue cuestionado por la adopción de dos recién nacidos en 1998 y 2001 que logró a través de la Fundación Chilena de la Adopción.

Hoy tras la condena, el Sename confirmó que realizará un seguimiento al estado de los menores.

"El Servicio Nacional de Menores tiene el deber de proteger a todos los niños por igual. Si es un niño adoptado o no, la medida que se tiene que hacer ante un caso como este es interponer de inmediato una medida de protección ante una posible vulneración de derechos de estos niños", explicó a Cooperativa la jefa del Departamento de Adopción del Sename, María Fernanda Galleguillos.

Sobre este caso en particular añadió que "efectivamente si hay una connotación pública que amerite indagar con respecto a la situación de los niños tendríamos que hacerlo como deber del Servicio Nacional de Menores".

Desde la Fundación Chilena de Adopción señalaron que no se referirán a este caso.

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