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Caso puente Pío Nono: Ex carabinero salió de prisión preventiva

Publicado:
| Periodista Digital: Cooperativa.cl

Zamora -que fue dado de baja por el hecho- se encontraba en prisión desde octubre por su presunta responsabilidad en la caída del menor al río Mapocho.

A su vez, el Ministerio Público aceptó la determinación del tribunal pese a que los querellantes no estaban de acuerdo con la medida.

Caso puente Pío Nono: Ex carabinero salió de prisión preventiva
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El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago levantó la prisión preventiva al ex carabinero Sebastián Zamora, quien fue formalizado por su eventual responsabilidad en la caída de un menor de 16 años desde el Puente Pío Nono, hacia el Río Mapocho.

Zamora quedó con arresto domiciliario total luego de que la defensa, el ex fiscal Alejandro Peña, solicitara modificar la prisión preventiva de su cliente, argumentando que la acción del ex carabinero durante el operativo policial cuando ocurrieron los hechos, sólo buscaba capturar al menor que cayó por el puente.

En cuanto a la supuesta falta de auxilio por parte de Carabineros a la víctima, el abogado defensor manifestó que no se puede acusar por aquello a Zamora, ya que el ex uniformado se encontraba en servicio y seguía órdenes superiores.

"Él cometería un delito militar si es que desobedece la orden. Si hubo falta de auxilio, no es un reproche que tenga que soportar Sebastián Zamora", indicó.

En consecuencia, el juez de garantía decidió acoger la solicitud de la defensa de Zamora, por lo que decretó el fin de la prisión preventiva para el ex uniformado a cambio de arresto domiciliario total, arraigo nacional, prohibición de portar armas de fuego, municiones o cartuchos; y también de acercarse a la víctima.

Por su parte, la Fiscalía aceptó la solicitud de la modificación de medida cautelar del imputado sin oponerse, pese a que los querellantes no estaban de acuerdo con que Zamora dejara la prisión preventiva.

"Los antecedentes existentes hasta la fecha no hacen variar ni los presupuestos materiales del hecho punible, ni la participación ni la necesidad de cautela. Solo que esta necesidad de cautela se satisface en esta etapa con una medida cautelar de menor intensidad", manifestó la persecutora del caso Ximena Chong.

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