Pastor evangélico fue condenado a 15 años de cárcel por abusos a menores

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Autor: Cooperativa.cl

Ingresará al registro nacional de ADN de criminales.

Las víctimas tenían seis y 11 años en la época de los ataques.

Pastor evangélico fue condenado a 15 años de cárcel por abusos a menores
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Colina condenó a Carlos Cristián Ahumada Beltrán a la pena de cumplimiento efectivo de 15 años de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados y reiterados de abuso sexual de dos menores de 14 años de edad, cometidos en 2018 y 2020 en la comuna de Lampa.

En fallo unánime, el tribunal aplicó además a Ahumada Beltrán las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Asimismo, el tribunal impuso al condenado las penas accesorias especiales de privación de la patria potestad si la tuviere respecto de la ofendida (...) o inhabilitado para obtenerla si no la tuviere; y la privación de todos los derechos que por el ministerio de la ley se confirieren respecto de la persona y bienes de la niña, de sus ascendientes y descendientes, "decretándose la emancipación del menor si correspondiere, y se ordenará dejar constancia de ello mediante subinscripción practicada al margen de la inscripción de nacimiento de la menor de edad".

El condenado conservará, en cambio, todas las obligaciones legales cuyo cumplimiento vaya en beneficio de la víctima o sus descendientes, y quedará bajo la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

LOS HECHOS

En tribunal dio por acreditado que en días y horas indeterminadas de 2018, en un domicilio ubicado en Lampa, el pastor evangélico "realizó reiteradamente actos de significación y relevancia sexual en contra de la víctima (...) de 11 años de edad en la época de ocurrencia de los hechos, consistentes en tocar con sus manos los (...) de la niña, obligándola a besarlo y rozando por sobre la ropa su (...) de la víctima".

El segundo hecho establecido se registró en días y horas indeterminadas de 2020, en el mismo domicilio, ocasiones en las cuales "realizó reiteradamente actos de significación y relevancia sexual en contra de la víctima (...) de entre 6 y 7 años de edad en la época de ocurrencia de los hechos, consistentes en tocar con sus manos (...) de la víctima por sobre la ropa".

"Del análisis en particular de cada uno de los ilícitos dados por acreditados, queda de manifiesto que las menores de edad afectadas resultaron con un daño sicológico importante, el que se manifestó en estrés, ansiedad y pesadillas. Pues bien, dichas consideraciones y conclusiones resultan, a juicio de estas sentenciadoras, completamente entendibles y dotados de veracidad, teniendo en consideración el propio examen de los hechos tenidos por ciertos en la presente sentencia y que afectaron a las menores víctimas. Por ello en atención a la extensión del mal causado, atendido lo dispuesto en el artículo 69 del Código Penal se aplicará la pena de presidio mayor en su grado medio en su máximo", concluye el fallo. 

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