El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco condenó a 10 años de presidio efectivo a un hombre de 35 años identificado como Juan Alejandro Ruiz Cofre, quien en noviembre de año pasado ingresó al departamento de una vecina y la violó, a sabiendas de que era portador del virus del VIH.
Según se acreditó en el juicio, a las 07:35 horas del 7 de noviembre de 2018, Ruiz ingresó al departamento de la mujer, aprovechando que se encontraba sola, la amenazó con un cuchillo, la golpeó en distintas partes del cuerpo y la accedió carnalmente por vía vaginal y bucal, mediante la fuerza e intimidación.
En un descuido del agresor, la mujer escapó desnuda y solicitó auxilio a una vecina. Al concurrir Carabineros, encontró al sujeto oculto en el entretecho del inmueble, con 160 mil pesos que la víctima le ofreció para que no la violara.
Agravante
El fiscal Miguel Rojas Thiele, de la Unidad de Delitos Sexuales de la Fiscalía de Temuco, destacó que el tribunal consideró en la sentencia, como agravante, que el violador cometió el delito sexual pese a estar en conocimiento de que padecía VIH, lo que suponía un adicional y evidente riesgo de contagio para la mujer.
"Fue acreditado en el juicio, mediante distintos medios probatorios, que hace una cantidad de tiempo considerable él estaba en conocimiento de que padecía esta patología y, sin embargo, comete el delito. Dicha situación fue considerada debidamente por el tribunal al momento de determinar la pena, en cuanto a la extensión del mal causado, y bajo esa perspectiva entendió que la pena que merecía el imputado era la de 10 años de privación de libertad", dijo Rojas.
El sujeto fue condenado además a 61 días de presidio por delito de hurto, por los 160 mil pesos que arrebató a la mujer.
"Valentía" de la víctima fue clave para la condena
El persecutor apuntó, como "un elemento que destaca en este juicio, que el tribunal había autorizado la declaración de la víctima con un biombo. Sin embargo ella, demostrando bastante valentía y coraje, decidió declarar sin la utilización de esta medida de protección".
En dichas circunstancias, "dio un relato bastante explícito, directo y con bastantes detalles, que fue considerado por el tribunal y, de hecho, fue el elemento determinante que motivó la sentencia condenatoria en contra del imputado", indicó Rojas.
La mujer sólo "rompió en llanto cuando habló del temor que aún siente de contraer la enfermedad y cómo esta situación la ha afectado en la relación con su hijo, en aspectos laborales y en su vida en pareja".
Debe seguir controlándose
Si bien, hasta el momento, los exámenes practicados a la víctima no han detectado contagio, debe seguir controlándose regularmente.
"Se realizaron todos los protocolos respectivos en relación al VIH. Arrojaron, afortunadamente, resultado negativo, sin perjuicio de lo cual la víctima tiene que estar constantemente haciéndose exámenes para efectos de descartar la existencia de esta patología en su organismo", dijo el persecutor.
Además de las penas privativas de libertad, como medida de protección, el tribunal impuso al condenado la prohibición de acercarse a la víctima y de visitar su domicilio -como se indicó, eran vecinos- por siete años, una vez que haya cumplido la pena de cárcel.