El Concejo Municipal de Quilicura aprobó por unanimidad una Ordenanza Contra el Acoso Callejero, que busca a resguardar a los habitantes y a quienes transiten por la comuna, que contempla multas que van entre 1 y 5 UTM (entre 55 mil y 278 mil pesos) dependiendo el tipo de infracción.
Las conductas estipuladas como prohibidas en la norma son "comentarios e insinuaciones sexuales, gestos y sonidos obscenos, fotografías y grabaciones hechas sin consentimiento, el contacto físico indebido y sin consentimiento, la persecución o arrinconamiento", detalló el Municipio.
Además, se prohibió "la masturbación y/o el exhibicionismo, toda expresión verbal o física que signifique agraviar, denostar o humillar a una persona, y todos los actos que afecten la honra y dignidad", según agrega el documento.
Según explicó el municipio, dichas situaciones deben ser denunciadas ante el Juzgado de Policía Local de la comuna, que deberá individualizar al denunciante, tener una "narración circunstanciada de los hechos", contar, en lo posible, con la identificación del acusado o con una descripción física y presentar testigos en caso de que los hubiera.
Para la fiscalización de los casos, serán responsables los inspectores de la Dirección de Seguridad Pública y Comunitaria, la Dirección de Inspección Municipal y Carabineros, quienes remitirán al Juzgado de Policía Local de la Comuna; este último encargado de aplicar la multa correspondiente a la infracción.
En el escrito también detallaron que, en caso de que un infractor preste servicios a empresas con un contrato vigente con la municipalidad o sea funcionario/a, la denuncia podrá realizarse mediante un escrito a la alcaldía para tomar las medidas correspondientes.
La alcaldesa Paulina Bobadilla afirmó que "esta ordenanza protege a todas y todos, resguarda la dignidad y previene todo tipo de violencia hacia mujeres, niñas, niños, migrantes, disidencias, nuestros pueblos originarios, personas con discapacidad, etcétera".