La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó un recurso de nulidad presentado por la defensa del concejal de Arauco José Manuel Retamal Fuentealba, y ratificó la sentencia que lo condenó a tres años y un día de presidio -con el beneficio de libertad vigilada intensiva- en calidad de autor del delito de abuso sexual de mayor de 14 años.
En un fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución que dictó en mayo el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cañete, incluyendo una indemnización de cinco millones de pesos para la víctima y una inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos para el político independiente.
En el juicio se dio por acreditado que entre la noche del 21 y la madrugada del 22 de agosto de 2021, en la comuna de Arauco, el edil "se aprovechó de la incapacidad de la víctima (un hombre mayor de edad) quien se encontraba bajo el efecto del alcohol y de sustancias psicotrópicas, para realizarle tocaciones en sus genitales y sexo oral".
"El sentenciado persiguió a la víctima por el inmueble, impidiendo que pidiera ayuda, produciéndose un forcejeo en que hubo una nueva agresión sexual, en que Retamal Fuentealba lo tomó fuertemente de sus piernas y genitales, hasta que la víctima logró reaccionar y lo tomó por el cuello, por lo que recibió dos golpes de puño en el rostro", sufriendo lesiones leves en los muslos, el cuello y los pómulos.
"SE RECHAZA EN TODAS SUS PARTES"
El tribunal le aplicó a Retamal Fuentealba las penas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Además, en la parte civil, acogió parcialmente la petición del querellante y ordenó al sentenciado el pago de una indemnización de cinco millones de pesos por concepto de daño moral.
La Corte de Apelaciones hizo notar que "salta a la vista de los términos en que aborda su reclamación el recurrente (Retamal), que más bien no se encuentra conforme con el contenido fáctico establecido por los sentenciadores", pero su presentación fue rechazada "en todas sus partes".