"Escorts del casino" de Viña del Mar deberán cumplir 12 años de cárcel por homicidio

Publicado:
| Periodista Radio: Belén Velásquez
| Periodista Digital: Cooperativa.cl

Las dos mujeres fueron consideradas culpables de asesinar a un hombre mediante asfixia tras salir del casino de la Ciudad Jardín.

El tribunal también condenó con tres penas de dos años de cárcel a una de las dos acusadas por dos hurtos y un fraude electrónico a una de las víctimas.

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El Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar sentenció con 12 años de presidio a las dos mujeres acusadas de matar a un hombre de 60 años en 2022 en la Ciudad Jardín, en el caso denominado como las "las escorts del casino".

Según el veredicto, las mujeres, que eran damas de compañía que prestaban eventuales servicios sexuales (escort). Se reunían con hombres en el casino, con quienes después consumían alcohol y distintas sustancias. En ese contexto, mientras ellos se quedaban dormidos, las imputadas les sustraían especies o dinero.

Respecto al homicidio, las condenadas se reunieron con la víctima en el casino de Viña del Mar, donde consumieron altas cantidades de alcohol para luego concretar el asesinato tras golpearlo y asfixiarlo.

Por lo anterior, el tribunal también condenó con tres penas de dos años de cárcel a una de las dos acusadas por dos hurtos y un fraude electrónico a una de las víctimas.

El fiscal José Uribe, del Sistema de Análisis Criminal de la Fiscalía, valoró la sentencia: "El Ministerio Público se encuentra muy conforme con las sentencias", dijo.

"Esperamos que con esto se repare, en parte, el daño causado", añadió.

Defensa considera recurrir de nulidad

Miguel Torres, uno de los abogados defensores, señaló que "la pena correspondía a una pena de 10 años y un día a 20 años. En el rango de penas, se impuso en 12, o sea estaría dentro del rango y dentro de los mínimos".

"Lo que corresponde ahora es que estamos dentro del del plazo legal para revisar en detalle la sentencia, va a ser una sentencia bastante extensa, de hartas páginas. Lo que tenemos que revisar en conjunto con la Unidad de Estudios de la Defensoría Penal Pública en mi caso y, bajo esa premisa, revisar si efectivamente presentaremos algún recurso (de nulidad) dentro del plazo legal", complentó el defensor penal público.

El legista indicó que, "a priori, podríamos adelantar que lo que se va a cuestionar es la fundamentación de la sentencia eventualmente, en circunstancia de que hemos venido señalando la ausencia de ciertas evidencias o pruebas objetivas en relación con la existencia del delito en perjuicio de nuestra teoría, que es la de la muerte accidental".

"Por ejemplo, no existieron hallazgos biológicos en el vínculo que se estimó que había en concreto el arma homicida -esta bufanda que se encontró en el cuello de la persona fallecida-, a diferencia de lo que ocurrió en todo el resto de la escena -me refiero específicamente al vehículo en que fue encontrado esta persona-, en que sí habían muestras biológicas, específicamente de ADN, respecto de las dos acusadas, no así en esta bufanda", agregó Torres.

El tribunal también acogió la demanda civil que interpuso la parte querellante y condenó a estas dos mujeres al pago de 30 millones de pesos.

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