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Justicia eliminó infracción de Carabineros a Bomberos por no respetar disco Pare

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Autor: Cooperativa.cl

Juzgado de Policía Local de San Felipe aceptó los argumentos del chofer del vehículo de emergencias.

Justicia eliminó infracción de Carabineros a Bomberos por no respetar disco Pare
 @EmergenciaA

El parte cursado por Carabineros al conductor del vehículo de emergencia.

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El Juzgado de Policía Local de San Felipe dejó sin efecto una infracción que funcionarios de Carabineros le cursaron a Bomberos por saltarse un disco Pare mientras acudían a una emergencia.

El hecho se registró el pasado 1 de septiembre, cuando la unidad R-1 del Cuerpo de Bomberos de San Felipe fue despachada a una emergencia vehicular en el sector de Villa Carmen y Dolores, consigna 24 Horas.

Según Bomberos, en una intersección se tomó un disco Pare como Ceda el paso, es decir, sin detenerse por completo pero disminuyendo la velocidad y verificando el tránsito, para luego seguir adelante y llegar a la emergencia.

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La citación al tribunal. (Foto: @EmergenciaA)

 

No obstante, en el lugar se encontraba personal de Carabineros que cursó la infracción, contraviniendo la ley vigente, aseguraron desde Bomberos.

Según la normativa -Ley de Tránsito N° 18.290, en sus artículos 142, 146 y 147-, Carabineros, Bomberos, la PDI y ambulancias tienen total preferencia para avanzar en diversos caminos siempre y cuando vayan con las sirenas encendidas y para casos de emergencia, mientras que los vehículos que se encuentren con estas situaciones deberán permitir el paso.

"Cuando un vehículo de emergencia se aproxime a un cruce con luz roja del semáforo u otra señal de detención, su conductor deberá reducir la velocidad hasta detenerse si fuere necesario, y cruzar solamente cuando verifique que los demás conductores de vehículos le hayan cedido el paso y no existan riesgos de accidente", añade la norma.

Así, el tribunal aceptó los argumentos del chofer del vehículo de rescate, quien había perdido la licencia a manos del funcionario que cursó la infracción.

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