La Cámara de Diputados despachó el proyecto que impide el beneficio de rebaja de condenas a quienes hayan cometido crímenes de carácter sexual contra menores de edad.
La Cámara Baja aprobó de forma unánime el proyecto, con 134 votos a favor, el proyecto impulsado por el Ministerio de Justicia que excluye a los condenados por delitos sexuales acceder a rebaja de penas.
De esta manera, el proyecto cumple su primer trámite constitucional y pasó al Senado.
Actualmente, la ley vigente excluye de este beneficio a quienes cometan delitos graves, como homicidio calificado, parricidio y robos violentos, pero no aplica para los delitos sexuales.
Es por esto, que el proyecto busca que queden excluidos del beneficio los condenados por delitos como secuestro y sustracción de menores, violación a mayores y menores de 14 años, estupro, abuso sexual agravado y contra mayores o menores de 14 años, producción de material pornográfico infantil y facilitación de prostitución de menores.
El beneficio de reducción de condena está destinado a internos que presenten buena conducta y se desarrollen al interior de la cárcel, logrando rebajar dos meses por cada año de cumplimiento y aumentándose a tres meses por año, después de cumplir la mitad de la condena.