Cámara debate este martes proyecto que regula la dieta parlamentaria
El Senado rechazó la rebaja transitoria del 50 por ciento y cambió varias fórmulas que ahora deberán ver los diputados.
El Senado rechazó la rebaja transitoria del 50 por ciento y cambió varias fórmulas que ahora deberán ver los diputados.
La Cámara de Diputados debatirá este martes el proyecto que regula la dieta parlamentaria, luego de que el Senado despachara la iniciativa desechando una rebaja transitoria del 50 por ciento.
El proyecto -que está con suma urgencia- será abordado tras los amplios cambios que realizó la Cámara Alta, como la modificación del mecanismo de determinación de la dieta parlamentaria y altas remuneraciones del país (el Presidente de la República, los senadores y diputados, los gobernadores regionales, los funcionarios de exclusiva confianza del Jefe del Estado y los contratados sobre la base de honorarios que asesoren directamente a las autoridades gubernativas ya indicadas).
La nueva fórmula plantea una designación cuatrianual determinada por una comisión especial integrada por cinco personas: un ex ministro de Hacienda, un ex consejero del Banco Central, un ex contralor, un ex presidente de la Cámara o del Senado y un ex director del Servicio Civil).
Asimismo, se eliminó la norma transitoria que proponía la Cámara, que reducía, de manera inmediata al momento de publicación de la ley, en un 50 por ciento las remuneraciones y dietas de los altos cargos públicos del país. Dicha disposición iba a operar en tanto el organismo que se creaba, fijara el monto exacto, detalló la página de los diputados.
En su reemplazo, el texto despachado por el Senado define que, dentro de los 30 días siguientes a la publicación de esta reforma constitucional, el Consejo de Alta Dirección Pública fijará, por una sola vez, las remuneraciones de los ministros de Estado y de los diputados. La norma regirá hasta que se adopte el acuerdo que define esta ley para la determinación de las altas remuneraciones.
Además, se establece que, dentro de los 60 días siguientes a la publicación de esta reforma, el mencionado Consejo determinará, también por una sola vez, las rentas de las demás autoridades mencionadas en este marco lega.
Por último, en esta materia se indica que el citado Consejo reducirá la última remuneración percibida por las autoridades mencionadas, en el porcentaje que su estudio lo justifique. Para ello, se deberá tener en cuenta la Escala Única de Sueldos de la Administración del Estado y los parámetros establecidos en el mecanismo fijado para este asunto.