¿Qué dice la Ley sobre delitos investigados en el Caso Penta?

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Autor: Cooperativa.cl

Según el Código Tributario, tanto la empresa como los candidatos podrían ser sancionados.

El artículo además incluye al girador de los documentos.

¿Qué dice la Ley sobre delitos investigados en el Caso Penta?
 UPI

El fiscal Carlos Gajardo está al frente de la investigación.

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El caso Penta no sólo ha generado una ardua discusión respecto a las millonarias sumas de dinero que reciben algunos candidatos bajo la figura de "aportes reservados", sino también sobre los eventuales delitos que se cometieron, los que según un artículo del Código Tributario, podrían afectar tanto a la empresa como al candidato.

Esto por que el actual artículo 97, número 4 del Código Tributario, señala que los involucrados puede recibir sanciones por recibir "platas negras" durante su campaña electoral, publicó La Segunda.

En el caso de los privados, en su primera parte el artículo sanciona aquellos "procedimientos dolosos encaminados a ocultar o desfigurar el verdadero monto" de los impuesto que deben ser cancelados al Fisco, normativa que podría aplicarse en este caso a Penta.

En cuanto a los involucrados, el inciso final del artículo señala que "el que maliciosamente confeccione, venda o facilite (...) facturas (...) o boletas (...) con el objetivo de cometer o posibilitar la comisión de los delitos descritos en este número", también serán sancionados.

Expertos en derecho tributario aclaran que el artículo incluye al girador, por lo que el código tributario permitiría la coautoría o la inducción al delito, ya que el candidato cuestionado podría pedirle a un tercero que realice un giro de un determinado documento, cuyos fondos serían para él.

Además, otros expertos penalistas señalan que como el inciso habla en plural -boletas y facturas- para que la conducta se constituya como un delito debería haber más de un documento.

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