Normas Transitorias rechaza recortar periodos gradualmente a ministros de la Suprema

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| Periodista Digital: Cooperativa.cl

La comisión descartó retardar el cese de funciones de sus miembros a los 70 años, así como la duración máxima de 14 años en el máximo tribunal.

Eso sí, los abogados integrantes de la Suprema y de la Corte de Apelaciones terminarán el periodo por el cual fueron nombrados.

Normas Transitorias rechaza recortar periodos gradualmente a ministros de la Suprema
 ATON (Archivo)
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En su extensa sesión de este viernes, la Comisión de Normas Transitorias se encuentra votando el articulado sobre disposiciones en materia de justicia, propuestas que tienen pendiente pasar por el Pleno de la Convención Constitucional.

Por un lado, se acordó que los abogados integrantes de la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones terminen el periodo por el cual fueron nombrados, y que desde la entrada en vigencia de esta nueva Constitución, no se realicen nuevos nombramientos.

Sin embargo, fueron rechazadas las normas que apuntaban que el cese de funciones a los 70 años de los ministros del máximo tribunal, así como el plazo de 14 años como duración máxima, se apliquen gradualmente.

Los convencionales también aprobaron que, mientras no se promulgue la ley que regula el procedimiento para las acciones de tutela de derechos -que sustituirán a los recursos de protección-, seguirán siendo tramitados los recursos actuales.

El tribunal competente para conocer las nuevas acciones sería la Corte de Apelaciones respectiva, y sus resoluciones serán apelables ante la Corte Suprema.

EXPIRACIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Asimismo, plantearon al Pleno que desde la entrada en vigencia de la futura Constitución, el Tribunal Constitucional no podrá conocer nuevas causas, y que los requerimientos de inaplicabilidad ya radicados en él deberán ser conocidos, tramitados y fallados por el organismo en un plazo de seis meses.

A la vez, los requerimientos de inaplicabilidad que se promuevan entre la entrada en vigencia de la Carta Fundamental, y el inicio de las funciones de la Corte Constitucional, no serán tramitados sino hasta la instalación de esta nueva Corte.

La excepción serán aquellas causas penales en que se encuentre en riesgo la libertad personal del recurrente, que serán conocidas por cinco ministros de la Corte Suprema elegidos por sorteo, estableció la comisión.

CONSEJO DE LA JUSTICIA

También se aprobó que dentro del año siguiente de la promulgación de la Constitución, el Gobierno deberá presentar un proyecto de ley que regule la organización y funcionamiento del Consejo de la Justicia.

Si dentro de los dos años siguientes al inicio de su tramitación el proyecto no hubiese sido despachado por el Poder Legislativo, se tendrá por aprobado.

Por otro lado, se determinó que el Legislador tendrá dos años desde la entrada en vigencia de la eventual Carta Fundamental para dictar una Ley Integral de Patrimonios que comprenda los patrimonios naturales, culturales e indígenas.

Finalmente, fue rechazado el artículo que establecía que el Gobierno convocara a una Mesa Nacional de las Comunicaciones para elaborar un diagnóstico, catastro y directrices de las modificaciones legales y reglamentarias, con el fin de hacer efectivas las disposiciones de esta Constitución.

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