Plebiscito: Servel proyecta que se podría establecer una tendencia a las ocho de la noche del domingo

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Autor: Cooperativa.cl

Las mesas receptoras de sufragios funcionarán entre las 08:00 y las 18:00 horas.

"Todo hace pensar que vamos a tener una participación por lo menos superior a (la segunda vuelta de) diciembre pasado", afirmó Andrés Tagle, del Servel, a Cooperativa.

Plebiscito: Servel proyecta que se podría establecer una tendencia a las ocho de la noche del domingo
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A tres días del plebiscito obligatorio en el que los chilenos decidirán si aceptan o rechazan la propuesta de nueva Constitución, desde el Servicio Electoral (Servel) informaron que esperan tener los resultados de las votaciones cerca de las 20:00 horas.

Las mesas receptoras de sufragios funcionarán este domingo entre las 08:00 y las 18:00 horas.

En conversación con El Diario de Cooperativa, el presidente del Consejo Directivo del Servel, Andrés Tagle, señaló que "debería haber un grueso de mesas (escrutadas) para marcar una tendencia a las 20:00 horas", lo que permitiría conocer los resultados oficiales de un primer conteo.

No obstante, aclaró que, "si las cosas están ajustadas, va a haber que esperar más mesas. Va a haber que esperar cerca del final y, más o menos, las últimas mesas nos deberían estar llegando a las 22.00 o 23.00". 

"Hay mesas que van a cerrar a las 21:00, que son las de la costa oeste de Norteamérica, y la Isla de Pascua", indicó.

Asimismo, Tagle destacó que cerca de 14 millones de personas habían consultado hasta ayer sus datos en el portal del Servel, de un universo de 15 millones de electores, cifra que considera "una señal potente", considerando que el voto será obligatorio.

"Todo hace pensar que vamos a tener una participación por lo menos superior a (la segunda vuelta de) diciembre pasado", afirmó. 

Permiso para trabajadores

Sobre el permiso para los trabajadores, el director del Trabajo, Pablo Zenteno, indicó que "este es un permiso mínimo de dos horas y que es completamente distinto a las otras interrupciones que tiene la jornada de trabajo, es un permiso para votar, por tanto es un permiso adicional a la colación u otro tipo de interrupciones que estén pactadas en los instrumentos individuales o contratos colectivos".

"Por tanto podría estar plegado de forma anticipada posterior a la hora de colación, pero es adicional, exclusivamente para ejercer el derecho a voto", precisó.

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