La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado por el expresidente de la Democracia Cristiana (DC) Fuad Chahín y dejó sin efecto la sanción que le aplicó el Tribunal Supremo del partido en noviembre de 2022, que había suspendido su militancia.
En la sentencia, la Tercera Sala del tribunal de alzada -integrada por el ministro Fernando Carreño, la ministra María Loreto Gutiérrez y la abogada (i) Paola Herrera- consideró que hubo infracción al debido proceso.
La suspensión de Chahín de la DC se generó luego que un grupo de militantes acusara "graves faltas a la disciplina partidaria", luego que el exconvencional constituyente se declarara públicamente a favor de la opción Rechazo ad portas del plebiscito de septiembre del 4 de septiembre.
La medida fue tomada de forma unánime por el Tribunal Supremo de la Falange, pese a que el exdiputado ya había había renunciado al partido en diciembre del 2022.
El fallo del tribunal de alzada capitalino sostiene que "no es un hecho controvertido que el recurrente fue sancionado por el Tribunal Supremo del PDC, mediante resolución de 2 de noviembre de 2022, al acoger una denuncia deducida por varios militantes de dicho partido político en su contra, imponiéndosele la suspensión de su militancia por un período de 60 días hábiles prorrogables"; sin embargo, advierte que la medida "fue pronunciada por un tribunal distinto al que le correspondía intervenir en su substanciación (tribunal natural), infringiendo en forma flagrante las normas de procedimiento establecidas en los estatutos del PDC, que instituyen como tribunal competente para conocer en primera instancia las denuncias formuladas en contra de sus militantes al Tribunal Regional respectivo, no correspondiéndole en esa etapa procesal, intervenir al Tribunal Supremo".
La decisión del Tribunal Supremo de la DC tuvo como consecuencia, además, que se rechazara la candidatura de Chahín al Consejo Nacional de la colectividad, lo que también fue anulado por la corte.