Tricel rechazó 15 listas de Felices y Forrados para la Convención Constitucional

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Autor: Cooperativa.cl

El Tribunal confirmó la decisión del Servel de declarar inadmisibles las candidaturas ligadas a esta "persona jurídica con fines de lucro".

"No se está en presencia de una actividad espontánea de personas naturales independientes", determinó el organismo.

Tricel rechazó 15 listas de Felices y Forrados para la Convención Constitucional
 ATON (Archivo)

El fundador de la empresa, Gino Lorenzini, quien estaba postulando por el distrito 10, quedó fuera de la elección.

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El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) declaró inadmisibles 15 listas de Felices y Forrados (FyF), cuyos candidatos no podrán competir en la elección de la Convención Constitucional del próximo 11 de abril.

El pasado 23 de enero, el Servicio Electoral (Servel) había rechazado 15 de 21 listas -con más de 90 candidaturas constituyentes asociadas- a FyF, la cuestionada empresa de asesoría financiera fundada por Gino Lorenzini, quien, con esta decisión, ve impedida su propia postulación por el Distrito 10.

Esto escaló al Tricel, que en la última jornada dio a conocer su decisión: "Se rechaza la reclamación" fue lo descrito en el documento, con tres de cinco de los ministros respaldando la decisión del Servel de declarar inadmisible las listas asociadas a FyF. 

De acuerdo al fallo, "aparece claro que lo que aquí existe, es un intento sutil de intervenir en acciones que son propias de los partidos políticos, a través de una supletoriedad con candidatos 'independientes' que la empresa aglutina y dirige a sus intereses propios en un intento de injerencia en el proceso constituyente, a través de un conglomerado económico", indicaron.

Y aclararon que estaba "establecido" que los participantes de este proceso deben ser partidos políticos e independientes y si no es así, según la ley, debe tratarse de personas naturales y que la empresa "buscó coordinar y promover acciones que están proscritas para ellos, en cuanto persona jurídica con fines de lucro".

"No se está en presencia de una actividad espontánea de personas naturales independientes que quieren formar listas de candidaturas de esa índole, sino que por el contrario, se infiere que tal actividad obedece a un proceso intelectual muy bien elaborado por quienes están a cargo", añadieron.

Además, apuntaron que la empresa utilizó sus plataformas, imagen y a sus "socios-clientes-miembros" para, a su juicio, "difundir y alentar la inscripción de precandidatas y precandidatos" y se acusó que hubo "ocultamiento" de información antes de la inscripción, como cambio de propiedad del portal desde una persona jurídica a una persona natural.

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