La Dirección del Trabajo emitió un dictamen relativo a las primarias municipales del 19 de junio, que aclara que en las 93 comunas donde hay elecciones los complejos o centros comerciales regidos por una misma razón social o personalidad jurídica deberán permanecer cerrados.
La entidad fiscalizadora concluyó que "el día en que se desarrollará el proceso de primarias para la elección de candidatos al cargo de alcalde, será feriado legal exclusivamente en las comunas en que se realizará el referido acto eleccionario, esto es, aquellas en que legalmente se han inscrito candidaturas".
Además, se advirtió que "los trabajadores de aquellos centros comerciales que cerrarán el 19 de junio no podrán ser trasladados ese día a cumplir funciones a otros locales de la misma cadena situados en comunas donde no regirá el feriado legal".
Asimismo, la Dirección de Trabajo estableció que "los trabajadores de cualquier sector económico que el 19 de junio deban trabajar contarán con un permiso de 2 horas para concurrir a sufragar en las primarias, si así lo deciden. Dicho permiso legal no podrá ser descontado de las remuneraciones del trabajador".
Las multas por ley
La Dirección de Trabajo también detalló las multas que regirán durante el domingo 19 de junio, que son por empresa, no por trabajador en infracción.
Estas son:
- Por no conceder el permiso de 2 horas para ir a votar: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.
- Por no conceder permiso a los trabajadores y trabajadoras designados vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral para que cumplan con esa función: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.
- Por aplicar descuentos a las remuneraciones de los trabajadores y trabajadoras designados para cumplir las citadas funciones cívicas: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.
- Por abrir locales que funcionan en un centro comercial bajo una misma razón social o personalidad jurídica: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.
Para eventuales incumplimientos, el día 19 de junio se habilitará una sección especial para denuncias en el sitio web de la Dirección del Trabajo.