Gobierno advirtió que sancionará a empleadores que impidan votar a trabajadores
El director del Trabajo instó a quienes se vean vulnerado su derecho a sufragio a hacer las denuncias ante el servicio, para que éste pueda actuar oportunamente.
El director del Trabajo instó a quienes se vean vulnerado su derecho a sufragio a hacer las denuncias ante el servicio, para que éste pueda actuar oportunamente.
El director del Trabajo, Marcelo Albornoz, dio cuenta de las sanciones a que se arriesgan los empleadores que impidan a sus trabajadores ejercer el derecho a voto, según lo consigna la Ley Electoral.
En entrevista con El Diario de Cooperativa, el jefe del servicio público explicó que para el caso de electores que fueron designados vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la junta electoral, "quien impida la función se arriesga a penas de presidio de 61 días de cárcel".
Asimismo, Albornoz precisó, que para los empleadores que no entreguen las condiciones para que los trabajadores que sólo son electores voten, "la ley electoral contempla multas que van desde la cinco a las 50 UTM (entre 157.855 y 1.578.550 pesos a diciembre)".
Pese a que se ha registrado en los últimos años una baja en las denuncias por este tipo de situaciones, el director del Trabajo recalcó que persisten "situaciones donde se privilegia el ir a trabajar y se limita o impide el derecho a sufragio".
Para evitar estos ilícitos, el servicio habilitará servicios de atención especial en Santiago y regiones para orientar y actuar ante las denuncias de quienes sean vulnerados en su derecho a voto.
En este sentido, Albornoz insistió en que los trabajadores deben exigir sus dos horas de permiso para acudir a las urnas, y las facilidades para hacerlo, sin descuento por el tiempo de ausencia.
Además, señaló que las denuncias pueden hacerse vía telefónica y por una tercera persona, de manera que el servicio pueda actuar oportunamente.
Dirección del Trabajo no logró acuerdo con dueños de supermercados
Marcelo Albornoz advirtió que los supermercados que se ubiquen fuera de los centros comerciales o malls pueden abrir el día de la elección, pese a que "solicité en reiteradas oportunidades a las Asociación de Dueños de Supermercados establecer un horario mas restringido de atención de público, pues como todo el mundo lo aprecia hay mucha gente trabajando en el supermercado".
"Lamentablemente no tuve ningún retorno. Se me había señalado que eventualmente los supermercados podrían abrir a contar de las 12 del día, pero lamentablemente no hubo una buena disposición de los duelos de supermercados", explicó.
Según el Código del Trabajo, los trabajadores del los centros comerciales o malls tienen derecho al día de descanso irrenunciable para eventos como las próximas elecciones.
Al respecto, Marcelo Albornoz explicó que en caso de que se exija la asistencia de los trabajadores, los empleadores arriesgan sanciones laborales e incluso suspensión de las faenas.
"La Ley Laboral establece el descanso de todos los trabajadores que laboran en un mall, independientemente de la función" que cumplan los trabajadores, incluso de los supermercados.
Los teléfonos de la Dirección del Trabajo que reciben denuncias en la Región Metropolitana son 7316214, 7316215, y 7317173. (Cooperativa.cl)