El Primer Juzgado Civil de Antofagasta ordenó al Estado transferir la propiedad de las Lagunas Cejar y La Piedra a la Comunidad Atacameña Solor, terrenos ubicados en la comuna de San Pedro de Atacama.
La decisión fue tomada luego de que acogieran la demanda interpuesta por la misma comunidad en el año 2002 ante el Ministerio de Bienes Nacionales.
El fallo señala que "tratándose de terrenos que constituyen territorios ancestrales de la actora y no existiendo impedimento legal alguno para que el Estado transfiera y con ello reconozca el derecho de propiedad ancestral, es que se acoge la demanda principal".
Además la resolución del Juzgado acredita que "la comunidad demandante es descendiente del Pueblo Atacameño", y que desde tiempos precolombinos habitan en la zona interior de la Región de Antofagasta, principalmente, en el Ayllú de Solor, ubicado en la comuna de San Pedro de Atacama, según indicó un informe antropológico entregado por la parte demandante.
La demanda presentada hace 16 años exigía el traspaso de casi dos mil hectáreas de "terreno ancestral" -en donde se encuentran ubicadas ambas lagunas-, ya que, según la parte demandante, el Estado no le entregaba el cuidado necesario al espacio.
Comunidad valoró la sentencia
Alrededor de 60 familias integran la Comunidad Atacameña Solor, quienes valoraron la sentencia.
"El fallo para nosotros viene a corroborar lo que nosotros siempre hemos sabido que el territorio es nuestro", aseguró la presidenta de la agrupación de la comunidad, Ana Ramos.
La dirigenta aseguró que con este fallo "se está sentando un precedente en que por intermedio de un fallo judicial se reconoce que Laguna Céjar y Piedra es de propiedad ancestral de la comunidad atacameña de Solor".
"Por un lado, para nosotros también es lamentable que tengamos que ir a un juicio. El Estado tiene la obligación de transferir los territorios que son de uso ancestral", cuestionó.
En tanto, el abogado de la comunidad, Juan Carlos Cayo, aseguró que las razones por las que recurrieron a la justicia "se determina por el hecho de que existe una obligación por parte del Estado que está puesta en la Ley Indígena de hacer primero un levantamiento de las tierras demandadas históricamente".
"El pueblo atacameño Likan Antay es un pueblo preexistente al Estado chileno, al Estado boliviano, y previo inclusive a la corona española", agregó.
"En definitiva, tierras que siempre han estado en poder y son de propiedad ancestral de las comunidades", expresó.
El Estado tiene un plazo de un año para realizar la transferencia.