En un fallo considerado histórico, el Tribunal Constitucional (TC) acogió este jueves un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado en contra de la controvertida "Ley Pascua".
Se trata de un cuerpo legal vigente desde el año 1966, creada para adaptar la legislación chilena a la "idiosincrasia isleña" y que, junto con reconocerlos como ciudadanos, establece beneficios carcelarios y rebajas de penas a los locales que cometan delitos de violación y abuso sexual.
Reunidos en pleno, los ministros del organismo impugnaron -por ocho votos a uno- los artículos 13 y 14 de la Ley N° 16.441, que crea el Departamento de Isla de Pascua.
El primero de los artículos citados establece que para delitos sexuales y contra la propiedad, "cometidos por naturales de la isla y en el territorio de ella, se impondrá la pena inferior en un grado al mínimo de los señalados por la ley para el delito de que sean responsables". El segundo, en tanto, señala que en los casos de cárcel se podrá disponer de purgar "hasta dos tercios de la pena fuera del establecimiento carcelario".
El requerimiento llegó al TC por el juez titular del Juzgado Mixto de Rapa Nui, Álex Guzmán, quien pidió el pronunciamiento sobre la causa de Daniel Paoa, isleño que fue formalizado por el presunto delito de violación propia ocurrido el 6 de octubre de 2019 contra una mujer del continente. La Fiscalía está pidiendo una pena de 15 años contra el acusado.
El recurso contó con los votos a favor de los ministros María Luisa Brahm (presidenta del TC), Iván Aróstica, Gonzalo García, Cristián Letelier, Nelson Pozo, José Ignacio Vásquez, Miguel Ángel Fernández y Rodrigo Pica, "con diversas fundamentaciones", explicó el organismo.
El único ministro que rechazó el requerimiento fue Juan José Romero, "debido a que el efecto de la sentencia que declara la inaplicabilidad no es compatible con la garantía que tiene todo imputado de no ser castigado con una pena más alta que la aplicable en el momento de la comisión del delito", indicó el TC. "Esta regla está contenida expresamente en nuestra Constitución, así como en diversos Tratados Internacionales de Derechos Humanos. Lo anterior no significa desconocer que se está ante una diferencia legal arbitraria que le corresponde remediar de manera urgente al legislador", aclaró el tribunal.
Gobierno celebra decisión del TC
Tras conocer lo resuelto por el TC, la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Mónica Zalaquett, celebró el fallo, pues ratifica que "la violencia contra las mujeres debe tener las mismas sanciones en todo el territorio nacional".
"Hoy no es aceptable que existan penas diferentes para delitos tan graves como la violación o el abuso sexual. Por eso, como Gobierno, junto al Ministerio de Desarrollo Social, estamos trabajando derogar dos artículos anacrónicos que discriminan a las mujeres que viven en determinado territorio", dijo la secretaria de Estado.
En la misma línea, la gobernadora de Rapa Nui, Tarita Rapu Alarcón, sostuvo que el dictámen del órgano jurisdiccional "aporta a reparar" a las víctimas y, además, entrega "esperanza a todas y todos".
El subsecretario de Servicios Sociales del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Sebastián Villarreal, destacó que el TC "determinó que frente a quienes cometen el grave delito de agresión sexual debe primar el principio de igualdad ante la ley".
"El Pueblo Rapa Nui ha levantado este tema como una inquietud muy sentida que necesita ser zanjada. Por eso estamos impulsando una consulta indígena en que las personas de la isla puedan manifestarse en torno a modificar o derogar los artículos 13 y 14 de la Ley Pascua", subrayó la autoridad gubernamental.