Corte de Apelaciones ordenó dejar sin efecto desalojo en barrio transitorio de Antofagasta
La acción judicial fue acogida tras considerarse que la restitución de los terrenos, constituye un acto arbitrario e ilegal.
La sala ordenó de manera unánime la restitución administrativa de los sitios 130 y 139 del Barrio Transitorio del Campamento Luz Divina
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La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta de manera unánime acogió un recurso de protección presentado por la Corporación Migr-Acción en favor de dos familias a quienes se les ordenó la restitución de terrenos, ubicado en el Campamento Luz Divina, sector La Chimba.
El documento señala que "(…) las resoluciones exentas 80 y 81, ambas de fecha 5 de febrero de 2019, emanadas de la Gobernación Provincial de Antofagasta, por las cuales se ordena la restitución administrativa constituyen un acto arbitrario contrario a derecho que no encuentra sustento legal ni constitucional, por lo que debe ponerse remedio a través de esta vía constitucional acogiendo el presente recurso de protección".
El fallo agrega que en enero y febrero del 2018 entre los recurrentes y la Intendencia Regional fue firmado un contrato de comodato, el que se encuentra vigente, sin existir a la fecha ningún antecedente que de manera le ponga termino a este.
Con esos argumentos finalmente el recurso de protección fue acogido con costas por lo cual se ordenó la restitución administrativa de los sitios 130 y 139 del Barrio Transitorio del Campamento Luz Divina ubicado en el sector La Chimba de Antofagasta.
El fallo que ordenó restitución de terrenos en Antofagasta by Cooperativa.cl on Scribd