La Corte de Apelaciones de Arica confirmó el fallo que condenó a cinco años y un día de cárcel a Marcos Ismael Lugo Roa y Pedro Manuel Macías López por el delito consumado de tráfico agravado de migrantes, que ambos perpetrararon en octubre del 2020 en la frontera con Perú.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó los recursos de nulidad deducidos por las defensas contra la sentencia dictada en julio de este año por el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Arica.
De esta forma, respaldó lo establecido por el TOP, que dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, el delito de tráfico de migrantes que ambos sujetos cometieron contra siete ciudadanos venezolanos, entre ellos tres niños y niñas.
La resolución relata que, "en días previos al 12 de octubre de 2020, en la ciudad de Tacna, Perú, los acusados se concertaron con dos grupos que totalizaban 7 migrantes de nacionalidad venezolana no residentes en Chile y víctimas del presente ilícito: el primer grupo estaba conformado por el adulto de iniciales J.H.G.F. y la menor de edad de 15 años de iniciales E.F.U.G.; y el segundo grupo por los adultos de iniciales J.E.G.T; L.J.F.A.; Y.D.C.M.M. y los menores de edad I.J.G.T. de 15 años y E.V.G.F. de 2 años".
"Las víctimas adultas acordaron vía telefónica con un sujeto apodado 'MANUEL', que posteriormente resultó identificado como el acusado PEDRO MANUEL MACÍAS LÓPEZ, y se concertaron con la intención de que éste facilitara el ingreso ilegal a nuestro país. Para estos efectos, el acusado MACÍAS LÓPEZ les envió un plano de la zona del control fronterizo de Chacalluta y Santa Rosa, donde aparecía la ruta que debían seguir, y las instrucciones para evadir los controles fronterizos, como también el momento y lugar en el cual debían dirigirse a la carretera", agrega.
El fallo acredita, asimismo, que "acordaron el precio a pagar por el ingreso, que correspondió a US$300 por la totalidad del grupo".
"Fue así como dejaron coordinada la hora en que debían partir y el momento y lugar en que los esperarían en la carretera. Acordado lo anterior, el día 12 de Octubre de 2020 el grupo de migrantes ingresó en forma ilegal por el hito N°9, sector de la línea férrea, por un paso no habilitado cercano al control de Chacalluta, trasladándose hacia el lugar previamente acordado con los acusados, hacia la carretera, donde los esperaban los acusados MARCOS ISMAEL LUGO ROA y PEDRO MANUEL MACÍAS LÓPEZ en un vehículo jeep marca Mistral, al cual subieron las víctimas, facilitando los acusados el acceso ilegal de las víctimas a nuestro país; momento en el que fueron detenidos por personal de la PDI", complementa.
Descubierto el delito, y ya fallado por la Justicia, los dos sentenciados también recibieron las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; y deberán pagar una multa a beneficio fiscal ascendente a 50 UTM y las costas de la causa.