Corte de Apelaciones de Arica confirmó sentencia de 16 años por homicidio

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Autor: Cooperativa.cl

La defensa del condenado aludía a un error en la sentencia previa.

El hecho ocurrió en febrero del 2022 en un departamento en la Avenida Santiago Arata.

Corte de Apelaciones de Arica confirmó sentencia de 16 años por homicidio
 Poder Judicial
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La Corte de Apelaciones de Arica confirmó la sentencia de 16 años de presidio en contra de Diego Valdés por los delitos de homicidio simple y porte de arma de fuego prohibida, hechos ocurrido en febrero de 2022.

En un fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Valdés, descartando un error en la sentencia.

"No hay que confundir las atenuantes muy calificadas con las atenuantes comunes o especiales de efecto extraordinario. Las atenuantes muy calificadas son atenuantes comunes y de efecto normal, pero a las que el tribunal les confiere un efecto extraordinario en un caso concreto. En cambio, las atenuantes comunes o especiales de efecto extraordinario y las privilegiantes gozan de una eficacia excepcional, porque la ley expresamente se la atribuye para todos los casos concretos en los que concurren", precisaron.

El tribunal acreditó que a las 17:40 horas del 15 de febrero de 2022, al interior de un departamento en un block en la avenida Santiago Arata, "el acusado le disparó a la víctima a la altura del tórax, causándole la muerte por shock hipovolémico debida a herida penetrante cardiaca producida por proyectil de arma de fuego, como también comenzó a disparar en contra de las personas que se encontraban en el lugar para luego huir del lugar".

Unos días después, al ser detenido, "los funcionarios de la PDI le encontraron un arma de fuego Glock, modelo 25, calibre 380, el cual contenía tres cartuchos en su interior, arma que había sido modificada por un artefacto artesanal adosado en el sector de martillo la que lo transformaba en un arma de acción automática, la cual se encontraba apta para el disparo, no contando para ello el acusado con la debida autorización para su porte o tenencia".

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