La Corte Suprema ordenó a la Municipalidad de Arica a pagar una indemnización de perjuicios por la suma de 30 millones de pesos a una mujer y a sus dos hijos menores de edad, quienes fueron víctimas de maltrato escolar en un establecimiento educacional bajo custodia muncipal.
La Tercera Sala del máximo tribunal estableció la responsabilidad de la municipalidad por el daño moral provocado a los niños, al incumplir el establecimiento educacional, del cual era sostenedor, con su rol de garante de la integridad física y sicológica de los alumnos.
"El establecimiento educacional tiene una 'posición de garante' en lo que refiere a prevenir el acoso escolar, debiendo adoptar las medidas oportunas, necesarias y proporcionales, tendientes a mantener y propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia", se puede apreciar en el fallo.
En esta misma línea, se comentó que "si por la omisión de conductas adecuadas por parte del demandado, se produce la afectación física o emocional de los niños agredidos, se infringe por parte del demando un deber jurídico, pues existe una especial obligación legal para su actuar".