Un capitán, dos conscriptos y un cabo del Ejército fueron condenados por violencia innecesaria en el marco del juicio por el asesinato de Romario Veloz y las lesiones de otras dos personas.
En el Tribunal Oral en Lo Penal de La Serena, durante 21 días se desarrolló el juicio por la muerte del joven ecuatoriano tras recibir un disparo percutado desde una unidad militar en medio de las manifestaciones por el estallido social, en las cercanías del mall de La Serena, el 20 de octubre de 2019. Además, otros dos hombres también recibieron disparos que le provocaron graves lesiones.
En la instancia, el tribunal acogió la prueba pericial, audiovisual y testimonial presentada por la Fiscalía y condenó a los acusados por violencia innecesaria con resultado de muerte y por dos delitos de violencia innecesaria con lesiones graves.
El fiscal regional de Coquimbo, Adrián Vega, destacó que el trabajo desarrollado para lograr el veredicto condenatorio de los uniformados fue "de a poquito, como hormiguitas recogiendo información y procesándola, así podemos construir pruebas para que se pudiesen acreditar las autoridades materiales".
El capitán de Ejército identificado con las iniciales J.S.F.S. fue encontrado culpable de tres delitos: uno de violencia innecesaria con resultado de muerte y por dos de violencia innecesaria con lesiones graves.
A él se suman el conscripto M.A.R.B. y el cabo J.A.A.M. por su responsabilidad en el delito de violencia innecesaria con resultado de lesiones graves. Finalmente, el conscripto C.J.R.O. fue condenado por un delito de violencia innecesaria con resultado de muerte.
"El caso era muy complejo ante la presencia de distintos militares con armas, pero afortunadamente, y con la ayuda también de la sociedad civil, la verdad acá hubo testigos que vinieron desde otra parte del país inclusive, que habían presentado prueba audiovisual, gente que declaró lo que ocurrió esa tarde y también han puesto en prueba", añadió Vega.
En el inicio de este proceso, el capitán de Ejército, los dos conscriptos y el cabo fueron imputados por los delitos de apremios ilegítimos causando la muerte, apremios ilegítimos causando lesiones graves gravísimas, apremios ilegítimos y lesiones graves.
Sin embargo, en la lectura de sentencia, los jueces no concordaron con la calificación de la acusación del Ministerio Público y los querellantes.
"Las normas están, violencia innecesaria en este caso estimó el Tribunal, porque estimó que no llegaba a colmar el tipo penal de apremios ilegítimos que habíamos acusado nosotros, pero las penas no varían demasiado: empiezan un poquito más abajo, pero son para nosotros penas efectivas que vamos a solicitar", explicó Adrián Vega.
El persecutor finalizó señalando que "no se puede repetir que algún agente del Estado, en una utilización fuera de norma de sus armas, resulten fallecidos o heridas personas en una situación de manifestación".
Tras la lectura del veredicto condenatorio, el Ministerio Público solicitó para el capitán de Ejército J.S.F.S. una pena privativa de libertad de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, para el soldado conscripto C.J.R.O pidió 10 años de presidio mayor en su grado mínimo. Para el conscripto M.A.R.B. el ente persecutor solicitó una pena siete años de presidio mayor en su grado mínimo y para el cabo J.A.A.M. pidió cinco años de presidio mayor en su grado mínimo.
La audiencia de comunicación de la sentencia quedó programada para las 15:00 horas del martes 12 de septiembre próximo.