Corte de La Serena ordenó a colegio administrar medicamento a alumna con diabetes

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

La inoculación se había realizado por dos años en el recinto, pero se suspendió debido a un supuesto cambio de protocolo.

Corte de La Serena ordenó a colegio administrar medicamento a alumna con diabetes
 Cooperativa (archivo)
Llévatelo:

La Corte de Apelaciones de La Serena ordenó a la Fundación Educacional Pucará y al Colegio Tamelcura de Ovalle retomar el tratamiento durante la jornada escolar que requiere una alumna de enseñanza básica con diabetes y que había sido suspendido injustificadamente.

En un fallo unánime, se acogió un recurso de protección a favor de la menor de 8 años tras establecer el actuar arbitrario e ilegal del establecimiento que, aludiendo a un cambio de protocolo, dejó de inyectar el medicamento, inoculación que realizó por dos años una técnica en enfermería que trabaja en el recinto.

En el fallo se explica que "conforme al reglamento interno el resguardo de la salud de los alumnos y alumnas cumple un rol preponderante, no se desprende, como ha dado a entender la recurrida, que sea mandatorio que los apoderados de la alumna deban designar a una tercera persona ajena al establecimiento, para suministrar aquello que está prescrito para su enfermedad".

"En efecto, en lo concreto, el mencionado protocolo sostiene que tratándose de un medicamento que debe ser suministrado por una vía distinta a la oral o nasal siempre debe ser suministrado por un apoderado (...) sin que se precise, como ya se indicó, que deba tratarse de una persona ajena al colegio, de modo que, prima facie, no se advierte impedimento alguno para que sea la funcionaria del establecimiento educacional quien continúe desarrollando dicha tarea, como ha ocurrido en el pasado", precisaron.

El texto continúa indicando que "se erige como una decisión arbitraria, desprovista de razonabilidad, teniendo especialmente presente que la demora o retraso en este procedimiento influye decisivamente en la salud de la niña y que incluso puede generar consecuencias fatales, y que de no dar cumplimiento al requerimiento del establecimiento, se afecta directamente el derecho de la niña a recibir educación, pues no podría incorporarse en el sistema educativo formal, por cuanto su grupo familiar no está en condiciones de cumplir con tal exigencia ni de costear el pago de un servicio suministrado para tales fines".

"La medida adoptada por las recurridas no es idónea para alcanzar el fin inmediato buscado, que es ordenar e instaurar un protocolo de medicación en resguardo de la salud de los alumnos y alumnas del establecimiento (...) Es más, esas medidas más idóneas son precisamente aquellas que se venían aplicando con anterioridad a la modificación reglamentaria ya comentada, que demuestran que el establecimiento sí cuenta con los medios para brindar la necesaria y oportuna asistencia a la alumna que por su corta edad no está en condiciones de administrarse por sí sola, por vía intravenosa o subcutánea un medicamento fundamental para su salud", insistieron.

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter