Empresa, gerente y socios fueron condenados por comercializar 12 toneladas de pulpo en veda

Publicado:
| Periodista Digital: Kike Mursell S.

El recurso era extraído en Tocopilla y almacenado -congelado- en bodegas en Coquimbo y Huechuraba, a la espera del fin del periodo de prohibición.

Sernapesca afirmó que el caso "marca un precedente" a propósito de la condena de la firma DELMAR Ltda. como persona jurídica.

Empresa, gerente y socios fueron condenados por comercializar 12 toneladas de pulpo en veda
 ATON (Referencial)

Sernapesca valoró que la Justicia haya considerado como agravante la violación de la veda, "por el daño que produce a la sustentabilidad de los recursos".

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Por su responsabilidad en el delito consumado y reiterado de comercialización y transporte de recursos hidrobiológicos ilegales vedados, el gerente, los socios y la propia empresa DELMAR Ltda, junto al comerciante que abastecía los recursos desde Tocopilla, fueron condenados por el Juzgado de Garantía de Coquimbo.

En el juicio se estableció que la firma comercializó cerca de 12 toneladas de pulpo extraído en periodo de veda. Para esto, el gerente y el representante legal de la empresa coordinaron el traslado del recurso desde Tocopilla hasta dependencias de la empresa, en Coquimbo, y bodegas ubicadas en la comuna de Huechuraba, en la Región Metropolitana.

Una vez extraído el pulpo, era congelado durante el periodo de veda para luego "blanquear" su documentación y, finalmente, venderlo una vez que concluyera el tiempo destinado al resguardo de su reproducción.

El procedimiento policial que desbarató a esta asociación delictual se denominó "Operación Octopus": el 2 de agosto de 2020, funcionarios de la PDI realizaron procedimientos paralelos, logrando detectar 11.636 kilos de pulpo en Coquimbo, 350 kilos en la bodega de DELMAR Ltda. en la comuna de Huechuraba y 52 kilos en manos del proveedor, en Tocopilla (Región de Antofagasta).

"MARCA UN PRECEDENTE"

DELMAR Ltda. fue condenada, como persona jurídica, a las penas de prohibición temporal de celebrar actos y contratos con el Estado y sus servicios por el plazo de dos años. A esto se suma la pérdida parcial de beneficios fiscales o prohibición de recibirlos, que corresponde al 20 por ciento del beneficio fiscal por el término de un año.

El tribunal condenó de manera individual al gerente, a los socios de la empresa y al comerciante que abastecía a la firma desde Tocopilla, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo y suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena. Los sentenciados que cumplían con los requisitos para sustituir la pena por la de remisión condicional por el periodo de un año, quedaron sujetos al control administrativo y asistencia al Centro de Reinserción Social de La Serena.

Jessica Fuentes, subdirectora jurídica de Sernapesca, destacó que el fallo "marca un precedente respecto a la responsabilidad penal de las personas jurídicas por los delitos tipificados en la Ley de Pesca y Acuicultura, en particular cuando se trata de extracción, transporte y comercialización de productos en veda".

Fuentes valoró, además, que el tribunal "haya tomado en consideración el agravante que representa la vulneración de este período de protección, por el daño que produce a la sustentabilidad de los recursos".

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