Cinco años de cárcel arriesga un sujeto de iniciales I.A.C.M. tras recibir veredicto condenatorio por porte ilegal de arma de fuego. Sin embargo, resultó absuelto del presunto femicidio de su pareja Yulisa Cerda, en el que se le imputaba su autoría.
El resultado fue el mismo del juicio realizado en diciembre de 2021 y que fue anulado por la Corte de Apelaciones de La Serena que, tras recurso presentado por el Ministerio Publico, estimó que la sentencia de primera instancia no valoró toda la prueba rendida por la Fiscalía y no la analizó con perspectiva de género.
MURIÓ BALEADA
El lunes 27 de abril de 2020, Yulisa Cerda fue abandona en un Centro de Salud Familiar de Las Compañías, en La Serena, por I.A.C.M., quien posteriormente huyó.
La joven presentaba dos heridas de bala y fue derivada hasta el Hospital San Juan de Dios de La Serena, donde finalmente falleció.
El 30 de abril, I.A.C.M. se entregó de manera voluntaria en dependencias de la PDI.
"PRUEBA INSUFICIENTE"
El magistrado Carlos Manque señaló, al momento de leer el veredicto, que se pudo acreditar un contexto de violencia intrafamiliar, pero que esto debe estar acompañado de otros elementos de juicio para determinar la ocurrencia del delito que se le atribuye al encausado para establecer la responsabilidad criminal de una persona.
"Esta labor probatoria no fue satisfecha por los acusadores, desde que la prueba testifical en cuanto a la situación inmediatamente anterior al disparo que hirió a la víctima e incluso a las situaciones anteriores de maltrato se vio desprovista de la suficiente corroboración que permitiera a estos jueces recrear el escenario en el que se gestaron y desarrollaron los eventos que culminaron con la muerte de Yulisa Cerda", indicó Manque.
Agregó el juez que lo mismo sucedió con la prueba pericial, "ya que aquella no resultó concluyente de forma tal que en su conjunto se haya podido colmar el estándar que el artículo 340 del Código Procesal impone a estos jueces".
El fiscal Rodrigo Céspedes, tras conocer el veredicto, solicitó que, por los antecedentes de I.A.C.M. se le aplique cinco años de presidio.
"Al momento de cometer el delito por el que se le condenó, porte ilegal de arma de fuego, lo hizo mientras cumplía otra condena dispuesta por el Juzgado de Garantía de La Serena", dijo el persecutor, que afirmó haber estado consciente de que era un juicio difícil, puesto que no hubo descubrimiento flagrante ni tampoco testigos oculares del crimen.
"El tribunal estimó que la prueba era insuficiente. Si bien no compartimos esa opinión, ya que el Ministerio Público opina que la prueba era suficiente al ser analizada en conjunto, de manera racional y lógica, el tribunal estimó otra cosa", explicó Céspedes.
La sentencia será comunicada el viernes 8 de abril a las 15:00 horas.