Servicio de Salud Coquimbo deberá pagar millonaria indemnización por negligencia

Publicado:
| Periodista Digital: Kike Mursell S.

Tercer Juzgado de Letras de La Serena ordenó a la entidad indemnizar con 150 millones de pesos a la familia de paciente fallecida por tardía atención.

Fallo establece que de haber recibido la atención cuando correspondía la paciente no se habría agravado.

Servicio de Salud Coquimbo deberá pagar millonaria indemnización por negligencia
 Poder Judicial

Paciente murió por ictericia obstructiva

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El Servicio de Salud de Coquimbo fue condenado a pagar millonaria indemnización por perjuicios al cónyuge e hijos de una paciente que falleció producto de una tardía atención en el Hospital Doctor Antonio Tirado Lanas de Ovalle.

El fallo del Tercer Juzgado de Letras de La Serena establece que la entidad de Salud deberá pagar 150 millones de pesos por la muerte por ictericia obstructiva de la paciente, ocurrida en noviembre de 2014.

La magistrada Cecilia Rojas dio lugar a la acción judicial, tras establecer la responsabilidad por falta de servicio de la demandada, por lo que ordenó pagar por daño moral la suma a los familiares de la víctima.

El fallo agrega que más allá que la asistencia médica sea una obligación de medios y no de resultados, la relación de causalidad entre dicha falta de servicio y el desenlace fatal sufrido por la paciente en la madrugada del día 8 de noviembre del año 2014, resulta notoria.

"De haberle realizado oportunamente la ecotomografía abdominal para su adecuado diagnóstico y de haberla operado sin una tardanza de casi 10 días, como ocurrió en la especie, es previsible que la paciente no se habría agravado como lo hizo, hasta el punto de generar la grave septicemia de foco biliar que finalmente le causó una falla orgánica múltiple y su deceso", sostiene el fallo.

La resolución agrega que "los hechos denunciados causaron en los actores el dolor, sufrimiento y angustia que naturalmente provoca perder a un ser amado, incrementado por la impotencia de saber que eventualmente podría de haber recibido oportunamente la atención profesional requerida".

Por tanto, concluye: "Que se acoge la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta en lo principal de la presentación de fecha 13 de marzo del año 2018, subsanada en escrito del 22 de mayo del mismo año, contra el Servicio de Salud de Coquimbo, en cuanto da lugar al resarcimiento del daño moral de los demandantes".

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