Martín Pradenas Dürr es sentenciado a 20 años de cárcel

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Autor: Cooperativa.cl

El acusado fue declarado culpable por dos violaciones y cinco abusos sexuales cometidos entre los años 2010 y 2019 en la Región de La Araucanía.

La pena deberá cumplirse "real y efectivamente privado de libertad (...) sirviéndole de abono los días que ha permanecido" ya sea en arresto domicilio total y prisión preventiva.

Martín Pradenas Dürr es sentenciado a 20 años de cárcel
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Llévatelo:

El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco sentenció este viernes a 20 años de presidio mayor en su grado máximo a Martín Pradenas Dürr, quien fue declarado culpable por dos violaciones y cinco abusos sexuales cometidos entre los años 2010 y 2019 en la Región de La Araucanía.

"Se le condena a la pena única y total de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y al pago de las costas de la causa", señaló el juez Leonel Torres

"La pena corporal impuesta por no reunirse respecto del condenado los requisitos que prevé la ley 18.216 para la concesión de penas sustitutivas, deberá cumplirse real y efectivamente privado de libertad en el Centro Penitenciario de Gendarmería de Chile que se determine, sirviéndole de abono los días que ha permanecido" ya sea bajo la medida de arresto domicilio total y prisión preventiva desde el 24 de julio 2020, agregó. 

Además, se determinó que cuando sea puesto en libertad deberá "informar a Carabineros cada tres meses su domicilio actual y la prohibición de ejercer "empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren relación directa con personas menores de edad". 

Como también se determinó la "prohibición de visitar el domicilio, establecimiento educacional o lugar de trabajo de las ofendidas, así como la prohibición de aproximarse a éstas en cualquier lugar en que se encuentren por 10 años", ya sea cuando termine su condena o "porque se le otorgasen beneficios o salidas alternativas al medio libre". 

A principios de agosto, se dio por acreditada la autoría de Pradenas en todos los hechos que se le imputaban, que tuvieron entre sus víctimas a tres menores de edad en Temuco (una de ellas de apenas 13 años) y a la joven de 20 años e iniciales A.R.B.P., quien se quitó la vida tras ser ultrajada en Pucón.

PARTES DISCONFORMES

La sentencia dejó disconforme tanto a la parte querellante como a la defensa de Pradenas. Los abogados defensores pedían una pena máxima de 10 años, mientras que la fiscalía y los querellantes solicitaron al tribunal una pena de más de 40 años.

Tras oír la sentencia, la madre de A.R.B.P. afirmó que "no es justo. Mi hija ya no está, no va a volver, y él sí podrá volver con su familia. 20 años no es nada para el daño psicológico que provocó a las familias y a las víctimas. Estoy decepcionada con la justicia, le tenían que haber dado los 41 años. Hizo daño a personas, son personas y deberían haberle condenado por cada una de estas personas".

"Esto para mí no es justicia. No entiendo en realidad como se basa la justicia para hacer una sentencia o una condena, pero no es justo. Hablaron de perspectiva de género, o sea que todos los casos fueron creíbles, y después le dan un '2x1'", añadió la madre.

Sin embargo, el papá de A.R.B.P. señaló que "como familia y como padre, ninguna sentencia nos va a recuperar a nuestra hija, pero ya entendiendo todo el proceso y cómo funciona el sistema, creo que es una sentencia ejemplificadora en este tipo de delitos".

"Hacemos una invitación al sistema a que mejore y creo que lo están haciendo porque ya lo hemos demostrado, al menos en tribunales. Que las víctimas logren la justicia que requieren", agregó el padre.

En tanto, el juez explicó que la determinación de dar 20 años a Pradenas se debío a "la fórmula de cálculo que había sido señalada por ellos (abogados querellantes) se estimó no procedente en este caso, ya que esa norma sólo aplica cuando resulta más favorable para el acusado lo que no ocurre".

En definitiva, la Fiscalía esperaba que las penas se otorgarán por los delitos de manera separada y se sumarán. Sin embargo, el tribunal impuso la pena del delito más grave y a esa se le otorgó un aumento de dos grados, según se establece en el Código Procesal Penal.

El fiscal Miguel Rojas se mostró conforme con el falló y comentó que "lo que se destaca en la sentencia y que se han acreditado cada uno de los hechos por los cuales la Fiscalía presentó acusación. En cuanto a la pena, se trata de una pena ejemplificadora. Se trata de la tercera mayor pena de nuestra legislación y que entendemos está acorde de acuerdo a la vulneración de bienes jurídicos que se acreditaron a lo largo de la jornada de juicio".

"Lo que más valoramos a este fallo dice relación con el efecto que esta sentencia puede generar en las víctimas y particularmente en el proceso reparatorio de este traumático hecho que sufrieron en manos del acusado", zanjó.

Tras esta resolución, ambas partes pueden pedir la nulidad, y la defensa de Pradenas presentará dicho recurso con el fin de tratar de rebajar la condena. Por su parte, la familia de la víctima A.R.B.P. presentó dos querellas por obstrucción a la justicia, una de ellas contra la familia de Pradenas.

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