Corte de Puerto Montt ordenó detener obras de inmobiliaria en humedal
La decisión apunta a la empresa Rossan, que operaba en el sector de Valle Volcanes, a la espera de un pronunciamiento del SMA.
La decisión apunta a la empresa Rossan, que operaba en el sector de Valle Volcanes, a la espera de un pronunciamiento del SMA.
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt ordenó el cese de las actividades que la Inmobiliaria Rossan desarrolla en el humedal Valle Volcanes, tras acoger un recurso de protección que presentó la Agrupación Cultural por los Humedales y Entornos Naturales Gayi.
Según informó diario El Llanquihue, en su resolución el tribunal de alzada estableció que la empresa debe detener "las labores de acondicionamiento de terreno y cualquier otra operación que pueda ejecutar en los terrenos de su propiedad, ubicados en calle Cerro Tronador s/n de la comuna de Puerto Montt".
En el fallo pronunciado por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones se determinó que esa paralización de actividades se extenderá hasta que concluya un procedimiento sancionatorio al que dio comienzo la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) a causa "infracciones a la normativa reglamentaria y legal, así como la potencial elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y el daño ambiental de las obras".
Agrega que conforme a lo que se determine en ese procedimiento, se deberá "obtener las autorizaciones medioambientales correspondientes", puesto que -según define el escrito- la inmobiliaria no contaría con una resolución de calificación ambiental (RCA), derivada del desarrollo de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), al que la empresa no ha sometido las labores que desarrolla en ese terreno.
En sus descargos, la empresa aludida dio cuenta que no son efectivos los hechos que se le imputan, puesto que "la zona del predio donde nuestra representada ha realizado actividades, no corresponde a un ecosistema de humedal. Para establecer a ciencia cierta si un sector reúne las condiciones ecosistémicas para ser catalogado como humedal, debe seguirse un procedimiento técnico, con alto rigor científico, cuestión que desborda claramente los márgenes del presente recurso de protección".
Asimismo, desestiman la necesidad de brindar esa tutela cautelar, por cuanto la SMA ya decretó la detención total de obras y actividades, medida que ha sido cumplida "y cuya observancia está siendo fiscalizada diariamente por Carabineros de Chile".