Indulto conmutativo beneficiará a 70 personas de la Región de Los Lagos

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Autor: Cooperativa.cl

La medida busca evitar que internos contraigan el Covid-19.

Del total de beneficiados, 42 son de Puerto Montt.

Indulto conmutativo beneficiará a 70 personas de la Región de Los Lagos
 Seremi de Justicia y Derechos Humanos

Quedan excluidos quienes han cometido delitos de máxima gravedad.

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Un total de 70 personas privadas de libertad abandonarán las cárceles de la Región de Los Lagos, luego que se pusiera en marcha de la Ley de Indulto Conmutativo que comenzó a aplicarse a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Los internos que recibirán ese beneficio son nueve del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Osorno, igual número del Centro de Estudio y Trabajo de Osorno, 42 del Complejo Penitenciario de Puerto Montt, dos del Centro de Detención Preventiva de Ancud y ocho del Centro de Detención Preventiva de Castro.

La iniciativa comprende indultos generales conmutativos de penas privativas de libertad de hombres que tengan más de 60 años de edad, mujeres mayores de 55, mujeres embarazadas o que tengan un hijo o hija menor de dos años de edad.

El indulto consiste en la conmutación de la pena privativa de libertad por la de reclusión domiciliaria total por todo el saldo de sus respectivas condenas.

Al respecto, Álex Meeder, seremi de Justicia y Derechos Humanos de Los Lagos, explicó que "esta ley permite proteger la vida y la salud de las personas que están privadas de libertad, especialmente de quienes son catalogadas como población de riesgo en el marco de esta pandemia. Nuestro deber como Estado es protegerlos y velar por el estricto resguardos de sus derechos fundamentales".

Para acceder al indulto, estos grupos debieron cumplir al menos la mitad de la condena y restarles por cumplir un saldo igual o inferior a los 36 meses.

Además, se contempla un indulto general conmutativo a todas aquellas personas que se encuentran cumpliendo las penas de reclusión nocturna, o penas de reclusión parcial nocturna en establecimientos penitenciarios y para quienes, cumpliendo una pena privativa de libertad, se encuentran gozando del beneficio de salida controlada.

Quedan excluidos de este beneficio quienes han sido condenados por delitos de máxima gravedad, tales como tortura, violación, cualquier delito sexual contra menores de edad, femicidio, homicidio, trata de personas, terrorismo y delitos de lesa humanidad.

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