La Corte Suprema acogió un recurso de protección interpuesto por vecinos de la comuna de Panguipulli (Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos) contra una ordenanza municipal que prohibía la circulación de embarcaciones y vehículos motorizados en los lagos Calafquén, Pellaifa y Pullinque.
La Tercera Sala del máximo tribunal determinó que en este caso hubo actuar ilegal de la alcaldía, puesto que adoptó la medida "sin fundamentación técnica o informes científicos" que la respaldaran.
"La Autoridad Comunal no consideró ningún informe o recomendación de especialistas que demuestren la ocurrencia de fenómenos nocivos para el ecosistema acuático y la pérdida de especies de fauna nativa u otros efectos de similar envergadura a causa de la utilización de las embarcaciones cuyo tránsito se inhibe", señala el fallo.
Por este motivo, "la medida de prohibir temporalmente la circulación de vehículos acuáticos motorizados como los descritos en la Ordenanza impugnada aparece desprovista de fundamento" y "carece de una sólida base técnica, manifestada en informes y presentaciones científicas de expertos en la materia y la normativa contemporánea sobre protección del medio ambiente", remarca la sentencia.
Dado este razonamiento, el máximo tribunal revocó una sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia (del 22 de febrero de 2022), y declaró acogido el recurso de protección, "dejándose sin efecto el acuerdo adoptado en la sesión ordinaria celebrada el 28 de diciembre de 2021 (por el Concejo Municipal)", que dictó la referida prohibición.